BOLETIN INFORMATICA & SALUD - Boletín del Consumidor de Medicamentos
ISSN- 0121-4675 | Res.Min.Gob.0036/1991 | Año 20 Nro.12/2010 | EDICION ESPECIAL
Semanario Electrónico | Observatorio del Medicamento | Federación Médica Colombiana

19mar2010 Litigios
CNPM responde otra vez con evasivas a derecho de petición de FMC para difundir precios de medicamentos de SISMED-2009

1. Una promesa de modernidad que lleva más de 3 años de inutilidad
El 1 de septiembre de 2006 la Comisión Nal. de Precios de Medicamentos-CNPM emitió la Circular 04 de 2006, que puso en marcha lo que prometía ser un novedoso y moderno sistema de información de precios. De acuerdo con dicha Circular, el Sistema de Información de Medicamentos-SISMED del Ministerio de la Protección Social debió publicar sus primeros informes a principios del año 2007. Sin embargo, estamos a más de 3 años de vigencia de esta norma y en la página SISPRO-SISMED de MinProtección solo aparecen algunos datos del año 2008 en 3 archivos.pdf de escasa utilidad por sus innumerables errores especialmente en lo relacionado con el dato de principios activos o ATC, compras y recobros.

2.   unidades  inservibles porque están plagados de errores y muestran "precios promedio"ueden verse dicha Circular y ni se conococen las CTR, ni se ha publicado ningún dato reportado del nuevo sistema.
Hoy, a 1 de septiembre de 2008, lo que observamos es una CNPM semiparalizada, que desde hace dos años mantiene al país sin regulación y sin información oficial de precios de medicamentos. No se ha publicado nada sobre "clasificaciones terapéuticas relevantes", no se conocen los estudios de precios de ocho "países de referencia", no ha logrado implementarse la "metodología de precios de referencia" , ni se ha publicado ningún dato de precios reportados con el nuevo sistema.

El pasado 12 de marzo la Federación Médica Colombiana presentó un nuevo derecho de petición para la difusión de información reportada al SISMED el año 2009 (Ver BIS#11de2010).

BIS#32_03a09ago09 Boletín del Consumidor de Medicamentos-32/2009
Política de libertad de precios y su relación con los sobrecostos en valores recobrados al FOSYGA
El pasado lunes 27 de julio la Comisión de Regulación en Salud CRES y el Ministerio de la Protección Social organizaron una jornada de discusión sobre criterios de inclusión y exclusión del POS, con Organizaciones de Profesionales de la Salud. Un criterio importante, planteado por la mesa No.4 conformada por la Academia Nacional de Medicina y la Federación Médica Colombiana (FMC), fue la necesidad de contextualizar el debate en el marco de la viabilidad financiera del sistema de salud.
Según este punto de vista, no tiene sentido discutir nuevas inclusiones al POS, ignorando la amenaza de colapso financiero del sistema. Ninguna reformulación del POS podrá ser viable, si no se resuelve primero el crecimiento desaforado de los recobros al FOSYGA, debido a sobrecostos permitidos por el mismo Ministerio de la Protección Social, como miembro de la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos CNPM. La siguiente infografía resume lo publicado por Observamed sobre la relación existente entre la política de liberalización de precios de la CNPM y los sobrecostos en recobros al FOSYGA. Ver BIS-BCM_32/2009.
BIS#25_15a21jun09 Boletín del Consumidor de Medicamentos-25/2009
32 meses después de la Circular 04/2006 SISPRO publica precios de medicamentos reportados al SISMED el año 2008
Click aquí para ver página de SISPRO donde apareció el informe
Click aquí para ver copia de seguridad de OBSERVAMED
SISPRO es el Sistema Integral de Información de la Protección Social. SISMED es el Sistema de Información de Precios de Medicamentos y FOSYGA es el Fondo de Solidaridad y Garantía del Sistema General de Seguridad en Salud, una cuenta adscrita al Ministerio de la Protección Social manejada por encargo fiduciario, sin personería jurídica ni planta de personal propia, cuyos recursos se destinan a la inversión en salud. 
Ver BIS-BCM_25/2009.

Ultima Actualización 21mar2010

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COMO OBTENER la ENTREGA
DE MEDICAMENTOS o
PROCEDIMIENTOS que no
están dentro del POS o
FUERA DEL FORMULARIO

Por Germán
Humberto
Rincón Perfetti

Abogado
Especialista
en Derechos Humanos
Respuestas a las principales preguntas sobre el derecho de tutela con
Modelos de Derecho de Petición para:
- Pedir copias del Acta deL CTC
- Solicitar aprobación de medicamentos por 1 año
- Pedir los datos enviados a la Supersalud de las personas que integran el CTC
- Obtener certificación sobre la capacidad de la persona integrante del grupo de salud que hace parte del CTC
- Pedir copia o constancia de la carta de compromiso que deben entregar las personas que integran el CTC
- Pedir Información sobre el procedimiento de elección de representantes de pacientes ante el CTC
- Pedir la forma como están cumpliendo precesos de auditoría relacionados con el recobro de medicamentos No POS
Además
- Modelo o Guía de Tutela para Medicamentos No POS
- Fallos de la Corte Constitucional
- Recomendaciones para el trámite de la Acción de Tutela
- Modelo de Incidente de Desacato cuando no le cumplen la Tutela. Ver Archivo.pdf.

 

BIS#42_13a19oct08 Boletín del Consumidor de Medicamentos-40
Nuevo derecho de petición del Colegio Médico de Cundinamarca y Bogotá a la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos
Luego de cumplirse dos años de expedición de la Circular 04/2006 el Colegio Médico de Cundinamarca y Bogotá de la Federación Médica volvió a presentar un derecho de petición para que la CNPM publique precios de referencia internacional y precios reportados desde finales de 2006. La carta dice:
Bogotá, 07 de octubre de 2008
Sres.
COMISION NACIONAL DE PRECIOS DE MEDICAMENTOS
Secretaría Técnica
CIUDAD
Ref. Derecho de Petición de Información de Precios de Medicamentos
Haciendo uso del derecho de petición de que trata el artículo 23 de la Constitución Política, solicito se sirva suministrarme información de precios de medicamentos, de acuerdo al siguiente detalle:

  1. Precios de Referencia Internacional, de los años 2007 y 2008, de acuerdo con los Artículos 6° a 9° y Parágrafos de la Circular 04 de 2006, vigentes desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial No. 46.384 del jueves 7 de septiembre de 2006.
  2. Precios Reportados a la CNPM, de los años 2007 y 2008, en cumplimiento de los puntos 3° y 4° del Artículo 21° de la misma Circular que obligan a “Contribuir a la disminución de las asimetrías de información existentes en el sector, a través de la disposición y uso de información uniforme, integrada y de calidad” y “Facilitar el acceso a la información no reservada sobre precios de medicamentos a los actores del Sistema General de Salud y al público en general”.

Recibiré contestación en la Carrera 7 No. 82-66. Oficinas 218 y 219, teléfonos 2568010 y 2568050 de la ciudad de Bogotá DC.
Atentamente,
Dr. Sergio Robledo Riaga
Presidente
Colegio Médico de Cundinamarca

BIS-BCM#35_25a31ago08 Boletín del Consumidor de Medicamentos-33
Colombia completa dos años sin regulación ni información de precios de medicamentos
Urge la restitución del régimen de "control directo automático" para productos con menos de tres oferentes en el mercado

El 1 de septiembre de 2006 la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos-CNPM emitió la Circular 04 de 2006, que puso en marcha lo que prometía ser un novedoso y moderno sistema de regulación de precios. Hoy, a 1 de septiembre de 2008, lo que observamos es una CNPM semiparalizada, que desde hace dos años mantiene al país sin regulación y sin información oficial de precios de medicamentos. No se ha publicado nada sobre "clasificaciones terapéuticas relevantes", no se conocen los estudios de precios de ocho "países de referencia", no ha logrado implementarse la "metodología de precios de referencia" , ni se ha publicado ningún dato de precios reportados con el nuevo sistema.
En este contexto, el Observatorio del Medicamento considera interesante y oportuno publicar un resumen de los planteamientos de la FMC sobre los orígenes de esta Circular, las inconsistencias del estudio que le sirvió de base, las graves consecuencias de este experimento para la salud pública y -lógicamente- una propuesta de solución

BIS-BCM#27_30jun06jul08 Boletín del Consumidor de Medicamentos-25
Comisión Nacional de Precios de Medicamentos a punto de completar dos años sin información. ¿Que hacer?
De acuerdo con la Circular 04 de 2006, desde los primeros meses del 2007, la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos debió definir las "Clasificaciones Terapéuticas Relevantes" para el nuevo régimen de regulación y el SISMED de MinProtección debió publicar los primeros precios reportados al nuevo sistema. Sin embargo, estamos a punto de completar dos años de vigencia de dicha Circular y no se ha publicado ningún dato reportado del nuevo sistema. Por lo tanto, en lugar del más sofisticado sistema de regulación de precios de medicamentos, estamos a punto de completar dos años sin información. Esto es particularmen grave en un mercado como el farmacéutico reconocido por todos como uno de los más imperfectos. ¿Que hacer?.

BIS#32 06a12ago07
Derecho de petición de FMC y Colegio Médico de Cundinamarca y Bogotá sobre precios de medicamentos reportados a SISMED
La solicitud se debe a que pronto se completará un (1) año de SUSPENSION TOTAL del flujo de información oficial de precios de medicamentos y a crecientes rumores sobre un supuesto compromiso del Gobierno para divulgar solo datos parciales. Ver contenido de este recurso.

11may2007
Colegio Médico de Cundinamarca y Bogotá envía a la CNPM el primer derecho de petición sobre información reportada al SISMED
Haciendo uso del derecho de petición de que trata el artículo 23 de la Constitución Política, el Dr. Sergio Robledo Riaga Presidente del Colegio Médico de Cundinamaca y Bogotá, de la Federación Médica Colombiana, solicita información de precios de medicamentos reportados por los laboratorios farmacéuticos, "de acuerdo con el Art.3° y parágrafos de la Circular 01 de 2007 del 14 de febrero y (que modifica el Art.22 de la Circular 04 de 2006) y el Art.7° de la misma Circular". Ver Carta CMCB.

Favor enviar sus sugerencias y comentarios a andia@observamed.org
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