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A
TODOS LOS MÉDICOS
La Federación Médica Colombiana y la Sociedad Colombiana de Pediatría – Regional Bogotá exaltamos la labor que día a día cumplimos todos los médicos en pro de nuestros pacientes; por tal razón este año organizamos conjuntamente la celebración del
DIA PANAMERICANO DEL MÉDICO para el próximo
martes 1º de Diciembre de 2.015 a las 7 pm. en EL CLUB MÉDICO de Bogotá, Calle 85
#7-74. Trataremos tres importantes temas que afectan nuestra práctica diaria, como son: la agresión a los médicos por parte de pacientes o familiares, los abusos institucionales y las formas de organizarnos.
Programa
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INVITACION
7:00 pm: ¿QUE PUEDE HACER EL MÉDICO CUANDO LA RELACIÓN MÉDICO – PACIENTE SE DAÑA?
Dr. Fernando Guzmán Mora : Médico Cirujano Cardiovascular, Abogado especializado en Derecho penal, Magistrado del Tribunal Nacional de Ética Médica, Vicepresidente de asuntos legales y éticos de la Federación Médica Colombiana, Vice presidente del Colegio Médico de Bogotá y Cundinamarca.
7:30pm FORO: PANORAMA LABORAL DE LA PEDIATRIA Y LAS SUPRAESPECIALIDADES EN COLOMBIA
Sindicato de Cirugía pediátrica
Sindicato Nacional de Pediatras de Colombia SICOLPED
Federación Médica Colombiana.
8:00 pm COCTEL DE CELEBRACIÓN DEL DÍA PANAMERICANO DEL MÉDICO
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todos los domingos
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Programa
de Autoevaluación y Autoformación en
Farmacoterapéutica
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Por el bien de todos, asistamos sin falta.
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INVITACION
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DRA. CLEMENCIA MAYORGA R.
PRESIDENTA
SOCIEDAD COLOMBIANA DE PEDIATRÍA – REGIONAL BOGOTÁ |
DR. SERGIO ISAZA VILLA
PRESIDENTE
FEDERACION MEDICA COLOMBIANA |
Carta
abierta de la SCP al Presidente de la República
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Propuesta de la Sociedad Colombiana de Pediatría para salvaguardar los Derechos a la Salud y a la vida de los niños, niñas y adolescentes del país
La carta abierta
de la SCP presenta un detallado diagnóstico de los
principales problemas del sistema de salud por
1) El no cumplimiento de las leyes que ha expedido el estado colombiano
2) Las vulneracioes de la garantía del derecho a la salud que se dan por fallas en el proceso de prestación de servicios de salud
3) Deficiencias en la prestación de los servicios y en el cumplimiento de las actividades de promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabiitación a que tienen derecho
Y propone las respectivas medidas a corto plazo
(urgentes), a mediano plazo (hasta mediados de 2016) y a
largo plazo.
Ver Documento
completo en archivo.pdf |
Acción y demanda de tutela enfrente a providencia judicial proferida por la Sección Tercera (3ª) de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Honorable Consejo de Estado
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Dr.
Germán Fernández Vicepresidente de Asuntos
Gubernamentales de la FMC y Presidente del CMCB insiste
en selección y revisión de tutela que busca impedir
apropiación ilegal de COP 258.700 millones por las ARP
(hoy ARL)
Los los accionantes populares
buscan que se determine la magnitud de la evasión y elusión tributarias por parte de las Administradoras de Riesgos Profesionales (hoy ARL), al usar los recursos públicos para actividades de promoción y apalancamiento promocional y comercial de sus actividades, las cuales debían hacerse con recursos propios y no con los recursos del públicos del Sistema, presentándolos fraudulentamente como si fueran actividades propias del Sistema. |
Fragmento:
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Documento completo en archivo.pdf
"Así que las ARP (hoy ARL) no sólo venían utilizando un cuantioso recurso público en un propósito muy diferente al de su destinación constitucional específica sino que, además, evadían el pago correspondiente de impuestos a la Hacienda Pública. Negativa tomada por los jueces sin motivación debida, en tanto que sí le correspondía a la DIAN identificar y explicar el curso tributario de tal procedimiento contable consistente en pagar y registrar contablemente con cargo a la cotización parafiscal destinada a dar cubrimiento a los trabajadores en las contingencias derivadas del Accidente de Trabajo y la Enfermedad Profesional – ATEP - y no destinarlos para los gastos de competencia comercial y de ubicación en el mercado de las diferentes ARP (hoy ARL), gastos que correspondían ser pagados con cargo a los recursos propios de las Aseguradoras e imputados contablemente en concordancia. De lo que se trataba con relación a esta prueba, inicialmente decretada y luego inexplicablemente revocada, era establecer ante los jueces si dicho procedimiento irregular consistía no sólo en una forma de utilizar ilícitamente recursos públicos en competencia comercial, sino de establecer si al eludir el pago de los impuestos correspondientes y conexos se acrecentaban las utilidades de las ARP, con lo que el monto a ser restituido necesariamente crecía en magnitud."
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