El Sistema Integrado de Información
de Medicamentos (SIIM) de la Federación Médica
Colombiana(FMC) es el prototipo de un
nuevo sistema de información farmaco-económica
que reune,
organiza y relaciona datos de más de 13.800 productos y
presentaciones disponibles en el país, en un sistema especialmente
diseñado para:
- Estimular el uso racional del medicamento y
- Favorecer el acceso de los pacientes a este
recurso terapéutico vital.
- El SIIM es una fuente completa,
independiente, objetiva e imparcial -financiada
por sus usuarios- cuya misión es dotar a las instituciones
prestadoras o administradoras de servicios de salud, firmas
farmacéuticas, distribuidores, profesionales del sector,
consumidores directos y demás actores de la oferta y demanda
farmacéutica, de:
- Información científica y económica de la
oferta disponible en Colombia
- Estructurada sobre Principios Activos (nombre
genérico o científico)
- Ligada a información regulatoria vigente (Normas
Farmacológicas, Actas Comisión Revisora, Códigos POS) e
- Integrada con Precios Promedio Distribuidor
(PPD) y Sugerido al Público (PSP) reportados a la Comisión
Nacional de Precios de Medicamentos CNPM,
- Con el objeto de contribuir el manejo racional, seguro y
costo-eficiente del recurso farmacéutico.
- El SIIM es la mayor base de
datos farmacoeconómica de Colombia que se pone a
disposición de todos los actores de la oferta y demanda
farmacéutica, en versiones Impresa, CD-Base de Datos e
Internet, mediante opciones de afiliación y suscripción diseñadas
para cada necesidad.
1. Consulta de
Medicamentos por NOMBRE COMERCIAL
Información VALIDADA de reportes oficiales a la CNPM: Las
firmas farmacéuticas legalmente establecidas en Colombia, deben
reportar en los primeros 5 días hábiles de cada trimestre, los datos
básicos y los Precios Promedio a Distribuidor (PPD) y
Sugerido al Público (PSP) del trimestre vencido, de TODOS los
productos que comercializan, a la Comisión Nacional de Precios de
Medicamentos-CNPM, Comisión de alto nivel creada por la Ley 100 e
integrada por el Ministro de Salud (hoy De la Protección Social),
el Ministro de Desarrollo (hoy de Comercio Industria y Turismo) y
un Delegado Personal del Presidente de la República. La
consulta de productos por Nombre Comercial del
SIIM de la Federación Médica Colombiana(FMC) reune
la información reportada -y VALIDADA- con información de
interés para el uso racional del medicamento y la muestra de la
siguiente manera:
- Grupo en
que Clasifica:
Existen únicamente 3
opciones correctas de régimen de precios: "Libertad
Vigilada", "Libertad Regulada" y "Control
Directo".
Los reportes con "Libertad", "Libertad
Total", "Libertad Absoluta", etc. se corrigen.
- Registro
Sanitario:
Los Registros
Sanitarios (RS) de la época en que los otorgaba el Ministerio
de Salud comienzan con la letra M. Ejemplo:
M-008197 VOLTAREN 25 MG GRAGEAS de CIBA GEIGY
AG. (Novartis)
Los primeros RS otorgados por el INVIMA tienen este nombre, la
letra M de Medicamento y la Renovación cuando existe.
Ejemplo:
INVIMA M-012174-R1 ARTREN CAPSULAS de MERCK S.A.
Los RS posteriores otorgados por el INVIMA tienen además el año.
Ejemplo:
INVIMA 2006M-003927 R1 INFLANAX de PROCAPS S.A.
Por lo tanto, NINGUNO de los elementos del Registro
Sanitario puede ser mutilado porque inmediatamente origina
duplicados y otros errores.
Cerca del 80% de los Registros Sanitarios que aparecen en
el CD de la Secretaría Técnica de la Comisión Nacional de
Precios de Medicamentos presenta error por mutilación,
tanto del nombre del INVIMA como del año. En el SIIM, estos datos se
reemplazan con registros correctos de la base de
datos del INVIMA.
- Nombre
Comercial del Producto:
Aunque legalmente el nombre que debería reportarse es
el que aparece en el Registro Sanitario, varias firmas farmacéuticas
emplean formatos arbitrarios, observándose casos con menos
datos que el registro y casos de nombres hasta con detalles de
la presentación.
La base de datos del SIIM tiene opciones de análisis de
precios que obligan a identificar cada producto en la mejor
forma posible. Es decir que, a partir de enero de 2005 todos
los productos ingresados en la base o editados con
posterioridad a esa fecha tienen denominación comercial o genérica
con su concentración, forma farmacéutica y -para algunos genéricos-
el laboratorio. De esta forma, estamos construyendo la primera
base de datos con parametrización del Nombre Comercial.
- Nombre Genérico
del Producto:
Este campo corresponde a la denominación genérica, científica
o común internacional (DCI) y en los primeros formatos se
llamó "Composición". Algunos laboratorios siguen
reportando aquí -erróneamente- las "indicaciones"
de sus productos.
Se trata del campo más importante para el ordenamiento de
la base de datos del SIIM, razón por la cual respetamos el
dato reportado pero generamos otro campo con la denominación
que aparece en la clasificación ATC de la OMS cuando se trata
de monosubstancias y con parametrización especial cuando se
trata de asociaciones.
- Forma
Farmacéutica:
Este campo no presenta problemas en cerca del 80% de los
casos, pero cuando se trata de formas especiales con impacto
en el precio del producto, plantea la necesidad de una mejor
parametrización en la norma.
El SIIM respeta los criterios internacionales y la
codificación del Plan Obligatorio de Salud POS. En caso de
conflicto, se respeta la farmacopea.
- Concentración:
Algunos Laboratorios reportan este campo con el nombre de
cada principio activo, extendiendo innecesariamente su tamaño.
El SIIM valida
este dato con el Registro Sanitario de la base de datos del
INVIMA
- Presentación
Comercial:
Algunos Laboratorios
reportan presentaciones extensas con detalles innecesarios y
otros con datos insuficientes.
El SIIM valida
este dato y a partir del reporte define un Factor de
Cálculo de Precio Unitario FCPU que sirve para las
diferentes opciones de análisis de precios PPD y PSP.
- Precios:
La norma dice que debe reportarse el Precio Promedio a
Distribuidor "entendiéndose como tal el resultante
del promedio aritmético obtenido de los promedios de precios
de los cuatro canales de comercialización establecidos a
saber: mayoristas y cooperativas; cajas de compensación;
almacenes de cadena y grandes superficies; droguerías
detallistas" (No se menciona el canal Institucional) y el
Precio Sugerido al Público "para los medicamentos
sometidos al régimen de Libertad (vigilada o regulada) de
precios, es el Precio Sugerido al Público y para los
medicamentos sometidos a Control Directo de Precios es el
Precio Máximo de Venta al Público"
Siendo estos datos los de mayor impacto en las
negociaciones del servicio farmacéutico entre entidades
administradoras y prestadoras de servicios de salud, el
SIIM publica ambos precios -PPD y PSP- calcula precios
unitarios, obtiene promedios del mercado y elabora informes de
su comportamiento, para dotar a dichas instituciones y demás
actores del SGSSS, de Precios Unitarios Promedio del Mercado
(PUPM) que faciliten los procesos de contratación y conciliación.
- Codificación
Plan Obligatorio de Salud (POS):
Los reportes a la
CNPM no incluyen este dato.
El SIIM codifica todos los productos cuyo Principio Activo,
Concentración y Forma Farmacéutica aplican al POS. Este dato,
al igual que el exclusivo Factor de
Cálculo de Precio Unitario FCPU mencionado lineas arriba sirve para
el Análisis de Precios PPD y PSP Unitario, Promedio del
Mercado de productos que aplican al POS.
- Descripción
de Productos con detalles del Registro Sanitario:
Otra información
exclusiva de este sistema. Los Laboratorios pueden publicar en
este campo -sin ningún costo- toda la información que
consideren necesaria para la utilización correcta de sus
productos.
El SIIM incluye en este campo los detalles del Registro
Sanitario para validar su número, forma farmacéutica,
concentraciones, etc. e incluir "supuestos" de
calidad que pueden desprenderse del titular del registro, el o
los fabricantes, el o los importadores.
Próxima Entrega: Información
de PRINCIPIOS ACTIVOS y opciones de ANALISIS DE PRECIOS PPD y PSP
En WebMail del 12abr06
ESPERELO!!!
Adaptación para
BIS: Tatiana Samay Andia Rey y Oscar Andia Salazar MD
Observatorio del Medicamento / Bogotá 05abr06
Envíe sus comentarios a andia@observamed.org
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