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- ISSN 0121-4675 Res.MinGobierno 0036/91 | Año 17 Nro. 49/2007 | Bogotá, 03 a 09 de diciembre de 2007 -

Ultima edición del "Boletin Fármacos" publica excelente actualización sobre el TLC con EEUU
La revista digital "Boletín Fármacos" de noviembre de 2007 publica una excelente actualización del tema de los Tratados de Libre Comercio de Colombia, Perú, Panamá y Costa Rica con EEUU. En nuestro caso incluye las implicaciones del protocolo modificatorio recientemente aprobado por Colombia. Recomendamos su lectura en la siguiente dirección:
http://www.boletinfarmacos.org/112007/economía_América_Latina.asp

INVIMA ratifica retiro del mercado de productos para manejo sintomatico del resfriado común en menores de dos años
Recomienda:
- A los profesionales de la salud, no realizar prescripciones de antitusivos o combinación de estos con antihistamínicos en el manejo del resfriado en niños menores de dos años.
- A la comunidad la suspensión del uso del producto en niños menores de dos años y dirigirse a su medico tratante a fin que sea el quien evalué el caso y haga las recomendaciones pertinentes.
- Para la administración del producto en niños mayores de 2 años en manejo del resfriado común, se hace necesario la utilización de los medidores para la administración del producto que deben venir junto con el producto con el fin de evitar sobredosis, en caso de no contener este dispositivo, evitar dosificar el de otras maneras, y consultar siempre al médico tratante.
Se llamará a revisión de oficio a los titulares de registro sanitario de los productos, con el fin de cambiar la condición de venta libre a condición de  venta con formula médica y para la adecuación del etiquetado
. Posterior al llamado a revisión de oficio se realizará vigilancia publicitaria, rotulado e identificación de dichos productos. Ver detalles en:
http://www.invima.gov.co/Invima/general/docs_popup/comunicado_antigripales.doc

Diario Oficial publica Acuerdo 368 que incluye Lopinavir + Ritonavir (200mg+50mg) en el POS
El Diario Oficial No. 46.831 del 3 de diciembre de 2007 publica el Acuerdo 368 del CNSSS que dice:

Artículo 1°. Incluir en el Plan Obligatorio de Salud del Régimen Contributivo y del Régimen Subsidiado el Medicamento señalado a continuación, en el Listado IV “Principios Activos para uso Especializado, Grupo de Riesgos Catastróficos, SIDA” el cual será prescrito de acuerdo con las recomendaciones de la Guía de Práctica Clínica Basadas en Evidencia para la prevención, diagnóstico y tratamiento de pacientes con VIH-SIDA adoptada mediante Resolución número 3342 de 2006 del Ministerio de la Protección Social.

Medicamentos

Código Anatomofarmacológico: JO5A
Código Administrativo:
PRINCIPIO ACTIVO: L020
FORMA: 01
CONCENTRACION: 02
PRINCIPIO ACTIVO: Lopinavir + Ritonavir
CONCENTRACION FORMA FARMACEUTICA: 200 mgs + 50 mgs tabletas.
Parágrafo: este medicamentos se incluye sin sustituir la presentación y forma farmacéutica existente en el manual de medicamentos y terapéutica es decir, Lopinavir/Ritonavir 133.3/33.3 mgs capsulas, la cual continua cubierta en el Plan Obligatorio de Salud y ambos medicamentos se financiaran con la UPC vigente y demás recursos que para el aseguramiento las EPS reciben del sistema.
Articulo 2. El presente acuerdo rige a partir de la fecha e su publicación en el Diario Oficial.

Ir https://www.med-informatica.com/OBSERVAMED/Deposito_legal/CNSSS_Acuerdo368.htm

Día Panamericano del Médico: Discurso del Presidente del Colegio Médico del Valle
En un emotivo discurso leido en conmemoración del Día Panamericano del Médico, el Dr. César Prieto Avila, Presidente del Colegio Médico y Presidente de la Junta de Unidad Médica del Valle del Cauca reiteró los objetivos fundamentales de la lucha por la Unidad Médica:
1. El cambio total del modelo del Sistema General de Salud y Seguridad Social de nuestro país usando el mecanismo propuesto por la Federación Medica Colombiana con el fin de  devolverle a todos los colombianos el DERECHO FUNDAMENTAL E INDIVIDUAL a la Salud y la obligación al Estado del manejo de la Salud Publica, mediante un Acto legislativo de iniciativa popular y/o parlamentaria que reforme los Artículos 48 y 49 de la Constitución Nacional de 1.991,
2. Acabar con la dispersión eterna desde el punto de vista organizativo a nivel gremial de los profesionales médicos y en general de los trabajadores de la Salud por protagonismo personal algunas veces, o por políticas centralistas que no tienen en cuenta las características de las regiones del país y de los médicos que en ellas viven o de  las Entidades que ellos han conformado, que tienen trayectoria y pueden mostrar algunos resultados. Ver Discurso


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y costo-eficiente
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y Encuestados

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Miembro de la Asociación Médica Mundial . Fundada el 7 de octubre de 1936
Setenta años de defensa de la salud pública y el ejercicio ético de la medicina
Colegios Médicos Departamentales
ANTIOQUIA
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CUNDINAMARCA - META - NORTE DE SANTANDER - SANTANDER - SUCRE - TOLIMA - VALLE

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