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Boletín Informática y Salud
y Boletín del Consumidor de
Medicamentos
No.45/2009
Boletín Informática y Salud ISSN 0121-4675 | Res.Min.Gob.0036/91 | Año 19 Nro.45/2009 | Bogotá, 02a08nov/2009

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Las políticas de licenciamiento de la investigación en salud de las universidades estadounidenses podrían vencer las barreras de acceso propias de la protección de propiedad intelectual
Por Tatiana Andia Rey

Consultora de Asuntos Económicos y Propiedad Intelectual
Observatorio del Medicamento - Federación Médica Colombiana

Seis universidades estadounidenses, entre ellas la universidad de Harvard y la universidad de Yale, anunciaron esta semana el lanzamiento de una declaración consensuada en la que se establecerán los lineamientos para el licenciamiento de medicamentos desarrollados por sus científicos. La declaración busca garantizar que los medicamentos desarrollados en dichas universidades estén disponibles a bajo costo para pacientes de escasos recursos[1].

La iniciativa surge en parte como respuesta a la presión ejercida por grupos de estudiantes y profesores de varias universidades que han venido demandando durante casi 7 años políticas claras por parte de los establecimientos educativos para evitar la perpetuación de las inequidades globales en el acceso a medicamentos innovadores[2].

Si llegara a salir adelante, esta declaración puede significar que las compañías farmacéuticas a las cuales se les licencian las innovaciones de estas prestigiosas universidades se vean obligadas a garantizar políticas de precios diferenciados para países en vías de desarrollo. Pero adicionalmente la iniciativa contempla que dichas compañías farmacéuticas tengan en ocasiones que liberar la información y permitir la transferencia de tecnología para la producción de versiones genéricas en países menos desarrollados.

El mejor ejemplo disponible de un acuerdo similar se dio en el 2001, también gracias a la presión de los estudiantes, la Universidad de Yale y entre la compañía Bristol-Myers-Squibb para permitir que Sudáfrica produjera o importara versiones genéricas a precios asequibles de un medicamento para el Sida llamado Zerit (Estavudina), cuya patente era de propiedad de Yale y había sido licenciada a Bristol-Myers-Squibb.

Más en detalle, los principios expuestos en la declaración son los siguientes:

  1. Las universidades se comprometen a crear estrategias de licenciamiento que promuevan el acceso global a las innovaciones relacionadas con la salud. Para esto se comprometen a buscar en las compañías farmacéuticas aliados que compartan su misión. Así mismo, se proponen balancear adecuadamente, por un lado, el valor de sus investigaciones en faces prematuras, con la inversión que las compañías farmacéuticas deben hacer para adelantar todas las pruebas de seguridad y eficacia, por el otro.

  2. Se comprometen también a que sus derechos de propiedad intelectual no se conviertan en una barrera de acceso a tecnologías esenciales para pacientes en países de desarrollo. Para esto están dispuestas a fomentar la oferta de genéricos no patentando sus innovaciones en países en desarrollo.

  3. En los casos en que se decida patentar en países en vías de desarrollo las universidades se comprometen a introducir en sus licencias incentivos  pro acceso. En este punto proponen, por ejemplo y entre otras, conceder descuentos en las regalías para las compañías que accedan a tener políticas de precios diferenciados o políticas que garanticen el acceso de los más pobres.

  4. Como las universidades no cuentan con toda la información al momento de licenciar sus inversiones, se comprometen a conservar algunos derechos para negociar futuros acuerdos para garantizar el acceso global a as mismas.

  5. Por último, las universidades se comprometen, sin importar el ingreso que les represente, a dedicar más recursos a la investigación de enfermedades que afligen particularmente a las poblaciones más vulnerables del mundo. En particular, malaria, tuberculosis, sida y otras enfermedades tropicales.

A pesar de que esta iniciativa luce esperanzadora, será implementada a discreción y caso por caso. Como lo anuncia la declaración misma, las características y particularidades de cada invención hacen imposible utilizar una misma estrategia para todas las invenciones.

Por otro lado, la efectividad de estas medidas dependerá también de otros factores, como por ejemplo, la eficacia de las instituciones proveedoras de salud en los países en vías de desarrollo, así como las capacidades de producción de genéricos de las compañías radicadas en dichos países. 

Más neurálgico aun resulta algo que la declaración no menciona, o que toca solo tangencialmente para el caso de la investigación sobre enfermedades huérfanas (como la TB y la malaria), y es el tema de los incentivos a la investigación en salud.

Para entender mejor lo que está en juego en esta declaración vale la pena contextualizarla en las tendencias de investigación de las universidades estadounidenses a lo largo del siglo XX. De hecho, la política de propiedad intelectual para las universidades norteamericanas sufrió un cambio significativo luego de la crisis de competitividad de los años 70’s (la crisis petrolera). Dicha transformación se soportaba, en teoría, en la necesidad latente de crear mejores incentivos para que las universidades investigaran “productivamente”, es decir, que se enfilaran hacia la investigación que eventualmente pudiera convertirse en material comercializable; fortaleciendo así el vínculo universidad-empresa.

Fue así como en 1980 se introdujo el “Bayh-Dole Act”, que permitía por primera vez en la historia de los EE.UU. que las universidades y las entidades sin ánimo de lucro patentaran y licenciaran las invenciones producto de investigaciones financiadas mayoritariamente por el Estado.

Antes de 1980 y del “Bayh-Dole Act”, las universidades no tenían la posibilidad de patentar ni licenciar directamente sus invenciones, sino que tenían que utilizar un mecanismo denominado “Arreglos para Patentes Institucionales” (Institutional Patent Arrangements). Dicho mecanismo consistía en solicitar autorización a las agencias financiadoras para proceder a patentar, lo que además debía hacerse caso por caso, por lo que resultaba engorroso y no siempre efectivo.

Sin embargo, tanto la financiación federal como la limitación del lucro, tenían una razón de ser: permitían que la investigación de las universidades y pagada por los contribuyentes se mantuviera atada al interés público más que al interés comercial.

Muchos han criticado el “Bayh-Dole Act” sosteniendo que, sin bien en el corto plazo permitió revitalizar el crecimiento económico de los EE.UU., en el largo plazo podría tener consecuencias nocivas, ya que desvió la investigación de los asuntos más estructurales hacia productos concretos, pero de menor valor intrínseco[3]. Sin embargo, a la fecha existen solo dos trabajos que han tratado de evaluar empíricamente el impacto en la calidad de las patentes (medida a través del número de veces que las patentes son citadas en futuras patentes) del “Bayh-Dole Act”[4].

La principal conclusión del primero de dichos estudios, el de Henderson et Al, es que la calidad de la investigación de las universidades estadounidenses cayó después de la introducción del “Bayh-Dole Act”. De hecho, al evaluar la producción científica desde 1965 hasta 1988, la cantidad de citas, y por lo tanto su utilidad, de las invenciones patentadas después del “Bayh-Dole Act” fue menor al de aquellas invenciones patentadas antes.

Por otra parte, el segundo estudio, de Sampat et Al, obtuvo resultados menos concluyentes, al demostrar que el número de citas no disminuyó, sino que lo que cambió fue la periodicidad de las mismas. Es decir, las patentes en lugar de ser citadas inmediatamente, comenzaron a aparecer citadas luego de más de cinco años. Sin embargo, lo que estos autores concluyen es que hace falta mucha más investigación sobre los incentivos de las universidades para investigar y los efectos que esto está teniendo en las invenciones y su disponibilidad para el resto del mundo.

Y es que no cabe duda. A pesar de que la mayor parte de la inversión proviene de recursos públicos, las universidades estadounidenses se han venido llenando los bolsillos con las regalías de sus patentes de invención. Para la muestra, solo en el 2001 las universidades generaron US$ 827 millones en regalías por sus patentes de invención[5].

Es en este contexto, por lo tanto, que la declaración firmada esta semana por seis  de las más importantes universidades de los EE.UU., cobra mucha más importancia, al reconocer, al menos parcialmente que debe hacer esfuerzos más explícitos para poner su investigación al servicio de la humanidad y no del capital.


[1] La declaración se puede consultar en http://www.autm.net/source/Endorsement/endorsement.cfm?section=endorsement y el artículo completo de Bloomberg se encuentra en http://www.bloomberg.com/apps/news?pid=newsarchive&sid=afGqEWU3fKPM
[2]
La iniciativa se llama Universities Allied for Essential Medicines y se encuentra en
http://www.essentialmedicine.org/
[3]
Este es el argumento de trabajos como el de D asgupta, P., David, P.A., 1994. Towards a new economics of science. Research Policy 23, 487–521.
[4] El primer balance se encuentra recogido en los siguientes dos artículos: Henderson, R., Jaffe, A.B., Trajtenberg, M., 1998a. University patenting amid changing incentives for commercialization. En: Barba-Navaretti, G., Dasgupta, P., Ma¨ler, K.G., Siniscalco, D. (Eds.), Creation and Transfer of Knowledge. Springer, New York; y en Henderson, R., Jaffe, A.B., Trajtenberg, M., 1998b. Universities as a source of commercial technology: a detailed analysis of university patenting, 1965–1988. Review of Economics and Statistics 80, 119–127.
El segundo intento es de Sampat, B., Mowery, D., Ziedonis, A. 2003. Changes in university patent quality after the Bayh–Dole act: a re-examination. International Journal of Industrial Organization, 21, 1371–1390.
[5] Información estadística de la investigación universitaria año a año puede encontrarse en: http://www.autm.net/

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