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- ISSN 0121-4675 Res.MinGobierno 0036/91 | Año 17 Nro. 40/2007 | Bogotá, 01 a 07 de octubre de 2007 -
Incluyen en POS contributivo y subsidiado nueva concentración de medicamento para VIH/SIDA
Se trata del Lopinavir + Ritonavir en tabletas de 200 + 50 miligramos. Se mantiene la presentación en cápsulas de 133.3 / 33.3 miligramos. La nueva presentación no incrementa los gastos de atención, y beneficia a los pacientes tanto del Régimen Contributivo como del Subsidiado. Algunas ventajas de la nueva presentación: no necesita refrigeración, ofrece más estabilidad en el organismo y más comodidad para el paciente.
Ver Boletín de Prensa No 102 de 2007 de MinProtección Social del 21/09/2007
Click aquí para ver Listado de MEDICAMENTOS POS por Acuerdos y Listado Total en OBSERVAMED. Versión.htm  Ver el archivo publicado por Minprotección
INVIMA levanta medida sanitaria sobre 14 de los 43 lotes de medicamentos que ordenó decomisar
Se trata 11 lotes del antigripal Dristan Ultra de Wyeth Consumer Healthcare y 3 lotes de Farmacápsulas-Novamed (2 de Fluoxetina y 1 de Lovastatina 20mg).
Click aquí para v
er nota de prensa del INVIMA - Ver Archivo de reserva de OBSERVAMED
Vea en Boletín BIS#39
Informe de SUSALUD confirma inconsistencias de propuesta de control directo de Econometria
El Informe anual de gestión "La salud de nuestros afiliados al POS 2006" de SUSALUD enviado al presidente de la FMC, Dr. Sergio Isaza Villa, en su condición de Asesor permanente del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud CNSSS, muestra un pareto del 80% de medicamentos NO POS de mayor peso en el gasto de medicamentos -que seguramente es similar en todas las EPSs- donde no aparece ninguno de los productos sugeridos por el estudio de Econometría para régimen de control directo en el período de transición. Active este hipervínculo para ver Boletín BIS#39

Las "inconsistencias epidemiológicas y económicas" del estudio de Econometría que sirvió de base al nuevo régimen de precios de medicamentos, están explicadas en la carta abierta que la FMC envió a la CNPM con copia a los medios y hasta la Presidencia de la República sin que haya tenido ninguna respuesta. Ver Carta Abierta
Vea en Boletín BIS#38
Un año de Circular 04/2006 sin información de precios de medicamentos reportados a la CNPM
Tal como puede verse en la cronología publicada en nuestro Boletín BIS#37, la Circular 04 de 2006 del 01sep2006 establecía que el primer reporte regular "contendrá información mensual del último trimestre de 2006 y deberá presentarse dentro de los primeros cinco (5) días hábiles del mes de enero de 2007". Al cumplirse el primer año de vigencia del nuevo régimen, no se ha publicado aún ningún dato reportado, debido seguramente a la complejidad del tema y rectificaciones como por ejemplo de la Circular 01 de 2007 que en su Art.4° modifica el art.24° de la circular 04 de 2006 y la Circular 02 de 2007 que a su vez modifica dicho Art.4° de la Circular 01 de 2007, dando evidentemente una sensación de dirección errática en los ajustes a la nueva norma.
El 10ago2007, el Colegio Médico de Cundinamarca y Bogotá presentó un nuevo derecho de petición de "fecha cierta para el acceso pleno" a la información reportada por los laboratorios. Vea en el Boletín BIS#38 la respuesta de la CNPM del 22ago2007, postergando nuevamente la publicación de estos datos.
Ley 1164 de 2007. Ver copia de seguridad.htm en OBSERVAMED
Sancionada Ley de Talento Humano en Salud
El Diario Oficial No. 46.771 del 04 de octubre de 2007 publica la
Ley 1164 de 2007 que tiene por objeto establecer disposiciones relacionadas con los procesos de planeacion, formación, vigilancia y control del ejercicio, desempeño y ética del talento humano del área de la salud. Crea el Consejos Nacional del Talento Humano en Salud, el Observatorio del Talento Humano en Salud, se asignan funciones públicas a los colegios de profesionales, regula el ejercicio de la medicina y terapias alternativas, crea el Registro Único del Talento Humano en Salud y establece la RECERTIFICACION individual y OBLIGATORIA.
Colegio Médico del Valle del Cauca señala cambios en Artículo 13:
El Dr. Cesar Prieto Avila Presidente del CMVC muestra un análisis de los cuatro textos finales conocidos, donde se evidencia que el articulo 13 es diferente en cada una de ellos. Ver transcripción del citado articulo en las cuatro versiones para su análisis y opinión.
L
a sorpresiva firma de la Ley 1164 "se hizo a espaldas de la opinión general, a pesar de todo la que se hizo y se continuaba haciendo, para que su contenido fuera concertado con diferentes estamentos del sector salud y se diera bajo otros términos" dice el Dr. Prieto.


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Ver Boletín Informativo N° 31 de la Junta de Unidad Médica del Valle del Cauca
Sobre Equidad, Integralidad, Calidad y Universalidad en la aplicación de la Ley 100 de 1993
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