En
nuestro Boletín BIS-BCM#33de2010
publicamos el artículo "FMC
encuentra demasiadas inconsistencias en información de recobros
entregada por FIDUFOSYGA mediante acción de tutela". Por
respeto al derecho de réplica, dedicamos este Boletín a la
respuesta del Consorcio FiduFosyga:
Respuesta
favorable de Consorcio FiduFosyga a carta de la Federación Médica
Colombiana
Bogotá, D.C. 10 sep 2010
MYT-2462-10 CD
Doctor
SERGIO ISAZA VILLA
Presidente
Federación Medica Colombiana
Carrera 7 No. 82-66 Ofic. 218 y 219
Ciudad
Asunto: Su comunicación de
fecha 15 de agosto de 2010
Respetado Doctor Isaza:
En respuesta a la comunicación
del asunto, radicada en el Consorcio Fidufosyga 2005 el 30 de agosto
de 2010, por medio de la cual solicita un nuevo archivo con la
información remitida el pasado 6 de agosto de 2010 a través de
la comunicación MYT-2135-10 CD 21521, en el que se incluyan los
datos solicitados y adicionalmente el código de identificación
que cada medicamento tiene en el sistema y el código de
identificación de los beneficiarios de los valores recobrados,
me permito informar lo siguiente:
- En relación con las presuntas
deferencias en las cifras de los montos anuales,
relacionadas en la tabla No 1, es necesario que se tenga en
cuenta que todos los recobros están conformados por varios
ítems como son: medicamento, servicio médico o prestación
de salud; y que, el valor total del recobro está compuesto
por la suma del valor de tales conceptos, sin embargo, en la
información entregada por el Consorcio se encontraba
relacionado el valor total del recobro a cada concepto.
Así mismo, se aclara que en la información remitida se
relacionó la fecha de entrega del medicamento y no la fecha
de radicación de las solicitudes de recobro, razón por la
cual, en el medio magnético que se adjunta a la presente
comunicación, se relaciona la fecha de radicación y el
paquete en el cual fue aprobado el medicamento
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Respecto de la tabla No 2, en la
cual se observa la existencia de 12 recobros del mismo producto,
el mismo día, por valores superiores al del promedio, se tiene
que los datos registrados en ella corresponden realmente a 12 ítems
que conforman el mismo recobro No 43274503, presentado por
Cafesalud EPS, lo cual explica la aparente discrepancia, puesto
que en la información remitida en el envío anterior, a cada
uno de los 12 ítems se encontraba relacionado el valor total
del recobro
- En cuanto a los ejemplos citados
en la tabla No 3, donde la cantidad del medicamento
suministrado es 1 y su precio es aparentemente elevado, al
igual que en los puntos anteriores, se debe tener en cuenta
que a cada medicamento se le había relacionado el valor total
recobrado por la entidad.
Para mayor claridad, en relación con el primer ejemplo "ACTIVADOR
TISULAR MG 50/50 m", se tiene que corresponde sólo a uno
de los ítems que conforman el recobro 22098637 presentado por
Cruz Blanca EPS por un valor de 2´342.565.428, teniéndose
que el valor por el ítem mencionado es de $ 1´699.394.
- De otra parte, acerca de los
valores recobrados sin producto, relacionados en la tabla No 4,
se precisa que fueron superados los errores de exportación de
la información, por lo cual en el medio magnético que se envía
es verificable la consistencia de los datos, la inclusión del
código de identificación que cada medicamento tiene en el
sistema y la identificación de los beneficiarios de los
valores recobrados
- Ahora bien, en relación con la
tabla No 5 en la que aparecen 20 registros con nombres errados
e incompletos, se precisa que dicha denominación es correcta
y que de esta forma es presentada en los medios magnéticos
que aportan las entidades, de acuerdo con la estructura
definida en los anexos técnicos de la normatividad vigente
para la época de radicación.
Por ultimo, anexo medio
magnético (CD) el cual contiene la siguiente información:
nombre del medicamento, cantidad suministrada, valor aprobado
por ítem, código de identificación de cada medicamento en
el sistema, identificación de los beneficiarios de los
valores recobrados, fecha de radicación y número del
paquete.
Cordialmente
RAFAEL HERNADO MONROY DIAZ
Jefe Unidad Análisis Medicamentos y Tutelas
Anexo Medio Magnético (CD)
Vo. Bo. María Esperanza Rozo
Gómez - Directora Jurídica
Mauricio Martínez Mendoza - Director Auditoría Médica
Julio Alfonso Peñuela - Abogado Senior
Proyectó: Oscar Cetina
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Favor
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