1. Ni la autocrítica del
ministro saliente ni su paquete de medidas post-emergencia social
sirvieron para resolver crisis financiera del sistema de salud
En el
XVII Foro Farmacéutico Internacional en Cartagena, ante
gerentes, presidentes y directivos de los laboratorios
nacionales y multinacionales, además de expertos del sector, el
ministro de la Protección Social, Diego Palacio, reconoció que
se equivocó al dejar en completa libertad los precios de
medicamentos y reconoció que esa es una de las causas
principales de la profunda crisis financiera que atraviesa el
sistema de salud (Ver
Portafolio y Nota
en El Tiempo). Pese a este reconocimiento, no hubo arrepentimiento ni
propósito de enmienda, porque
todas las
medidas post-emergencia social (Decreto
1313 de importaciones paralelas, Resoluciones MPS 1424,
1499,
1662,
1663,
las Circulares 03
de 2010 y 04 de 2010,
etc.) -además de ser inútiles para el alivio la crisis
financiera del sector salud- constituyen ejemplos dicientes de la
forma en que el gobierno saliente favoreció las prácticas
inéticas de las farmacéuticas hasta el fin de su gestión. Ver BIS-BCM#28
y BIS-BCM#30.
2. Mini-reforma tributaria
aprobada por el Congreso (que según MinProtección Social generará COP 3.5
billones) también es insuficiente
Durante el trimestre posterior a
la declaratoria
de inexequibilidad de la emergencia social, el
gobierno logró que el Congreso aprobara una mini
reforma tributaria que según el Ministro Palacio, generará casi
1.2 billones de pesos por participación en el negocio del chance
ilegal e impuestos sobre las ventas de las cervezas, cigarrillos y
licores. Si se añaden "1.8 billones de
transformación de recursos de los entes territoriales para
universalización y unificación" y 500 mil
millones producto de la lucha contra la evasión y la elusión, se
generarán COP 3.5 billones
(ver Nota
MPS) que desde ya son
insuficientes, simplemente porque el hueco financiero es mayor y porque
las medidas de control del gasto son claramente insuficientes.
En el mismo XVII
Foro Farmacéutico Internacional del punto anterior, el
Superintendente de Salud Mario Mejía, dijo que este año se
esperan ingresos por 21,2 billones de pesos mientras que los
gastos ascenderán a 29,4 billones y que "el faltante de
recursos para el 2010 será de 8,2 billones de pesos"
(Ver Portafolio).
Y en el foro 'Últimas medidas frente a la
crisis en el sistema de salud', organizado Baker & Mckenzie,
Juan Manuel Díaz-Granados presidente de ACEMI (que reúne a las
EPSs privadas), estimó que el promedio de los recobros mensuales de
todas las EPS este año será de 220.419 millones de pesos -muy
por encima de los 150.000 millones mensuales del 2009-, por lo cual el
acumulado a diciembre será de 2,6 billones de pesos (44,4
por ciento más que el 2009). Frente a esta situación, las medidas de control del gasto fueron tan
improvisadas e inoperantes como la extinta emergencia social. Ver
detalle de inconsistencias en BIS-BCM#17,
BIS-BCM#18,
BIS-BCM#20,
BIS-BCM#24,
BIS-BCM#28
y BIS-BCM#30.
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3. La
hemorragia de recobros al FOSIGA y entidades territoriales sigue
prácticamente igual, porque "mala regulación" equivale a "ninguna regulación"
En efecto:
- A la fecha no
existe ni un solo producto en régimen de "control
directo",
- En 4 años de vigencia del actual sistema de
"regulación", la CNPM publicó "precios
de referencia" para un solo producto: Kaletra® de Abbott,
- Las
Circulares 02
de 2008, la
03, 04
y 05
de 2009, pasaron casi un centenar de productos al régimen
de libertad regulada. No sirvió para nada porque no se
publicaron precios de referencia ni datos del último trimestre,
-
La
Circular
03 de 2010 pasó un listado de 925 productos a libertad regulada.
Tiene muchas inconsistencias y como no se publicaron precios de
referencia, resultará igualmente inoperante,
- La Circular
04 de 2010 que fijó
el valor máximo de recobro para 25 medicamentos, solo homologó
la Resolución
1262 que retiró 8 productos de Roche de la lista de
importaciones paralelas, y favoreció tanto a las farmacéuticas
que se benefician con sobrecostos sobre precios internacionales
como a las que venden productos de fabricación china a precios
de "producto original" (ver
BIS-BCM#30),
- El
Decreto
2086 de 2010, que establece
el "procedimiento acelerado para registro sanitario de
medicamentos por razones de interés público", tampoco
sirve si no puede aplicarse para los productos de mayor impacto en
los recobros al FOSYGA y Entes Territoriales.
Por lo tanto, es claro que este grupo de medidas necesita
reformularse en forma integral y coordinada.
4. Enfoque
"corrupcionista" de los decretos de emergencia social
revive en nuevo proyecto de reforma de Senadora Dilian Francisca Toro
que vuelve a evadir el tema
de
regulación de precios
Aunque
en
el mismo
XVII Foro Farmacéutico Internacional, el saliente Director de Planeación Nacional
Esteban Piedrahita en su presentación "Equilibrio
financiero y viabilidad del Sistema General de Seguridad Social en
Salud" reconoció problemas de
"Regulación y control" (ver diapositivas 23 a 26) y entre las medidas urgentes propuso "fomentar una
política de medicamentos genéricos", contar con un
mecanismo expedito de información de precios y establecer
mecanismo de compra centralizada (ver
punto
4 de diapositiva 41), lo cierto es que la regulación de precios
de medicamentos no hace parte del ideario del gobierno Uribe y
su ministro Palacio.
Tal
como lo dijimos en la introducción de esta nota, por fuera de
toda racionalidad económica, el año 2004 -cuando ya era
evidente la "explosión de recobros"- el gobierno
liberó los precios de los medicamentos del cáncer y el año
2006 -cuando era evidente el riesgo de colapso financiero del
sistema de salud- liberó los precios de TODOS los medicamentos.
Cuando la crisis se precipitó por la política de desregulación de precios
y el absurdo favorecimiento a las grandes farmacéuticas
(ver
BIS-BCM#28
y BIS-BCM#30),
el gobierno adoptó algunas medidas regulatorias, pero, en el
fondo, se dedicó más a difundir el enfoque "corrupcionista"
que le permitía evadir su
responsabilidad en la crisis.
-
En el manual de transparencia en salud...
El
enfoque "corrupcionista" puede verse -por ejemplo- en
el "Manual
de Transparencia en Salud" del programa
presidencial de lucha contra la corrupción, donde se
identifican 27 modalidades de
corrupción o conducta antiética que atenta contra la
viabilidad financiera del sistema de salud. En ese excelente
resumen de 27 conductas perversas, no se mencionan casos -de
muchísimo más impacto en el gasto social de medicamentos- como
el de la multinacional Abbott que, vendía en
Colombia su producto Kaletra® al TRIPLE de su precio en Brasil,
Ecuador y Perú, tal como se demostró en la propia Circular
02 de 2009 de
la CNPM. Quienes recuerden las intervenciones del ministro
Palacio ante los medios en la época de los decretos de
emergencia social, seguramente tienen claro que la crisis se
debía a que el sistema estaba financiando demasiadas cirugías
estéticas, pero ¿cuántos saben que la Circular
02 del 1° de diciembre de 2008 pasó Kaletra® a
régimen de libertad
regulada y la Circular
02 del 28 de abril de 2009 le fijó precio de
referencia, pero Abbott
recién anunció que acataría esa orden el 16 de febrero de 2010?,
¿cuántos saben que durante este tiempo, las ventas reportadas por el
mismo laboratorio a
SISMED de los años 2008 y 2009 fueron de COP 28.340.961.342 y COP 34.837.563.932,
respectivamente? y ¿cuántos saben que, ante el pedido de
licencia obligatoria para este producto por organizaciones de la
sociedad civil, el Ministerio de la Protección Social
conceptuó que "no era de interés público"?. Nadie
niega que hay mucha corrupción que impacta la viabilidad
financiera del sistema de salud, lo que no es lógico en el
sesgo "corrupcionista", es que se preocupe selectivamente
de algunos
comportamientos perversos y antiéticos, mientras que otros
"negocios" más grandes y de más dudosa ortografía,
reciben incluso tratamiento de "estímulo a la confianza
inversionista".
- En los Decretos de
Emergencia Social...
El enfoque
"corrupcionista" del gobierno Uribe se hizo patente en
los Decretos de la Emergencia Social, donde el único Decreto
que tocó algo del tema de regulación de precios de medicamentos fue
el Decreto
126/2010 "por el cual se dictan disposiciones en
materia de Inspección, Vigilancia y Control, de lucha contra
la corrupción en el Sistema General de Seguridad Social en
Salud y se adoptan medidas disciplinarias y penales".
Allí, el Ministro Palacio y sus asesores no tuvieron ningún
empacho en incluir un considerando que demuestra la influencia
del gremio de las multinacionales farmacéuticas y dice: "Que,
según la información recientemente aportada por la Asociación
de Laboratorios Farmacéuticos de Investigación y Desarrollo -
Afidro, se ha logrado evidenciar, por una parte, que para
algunos medicamentos el valor del recobro al Fondo de
Solidaridad y Garantía - FOSYGA excede notablemente el precio
de venta del laboratorio y, por otra parte, que en algunos
casos, el número de medicamentos recobrados es superior al número
de unidades oficialmente reportadas como vendidas por los
laboratorios". Indudablemente, esas prácticas
perversas sí existen, pero lo que aún no se ha demostrado es
si ese fenómeno y su impacto sobre la viabilidad financiera del
sistema resultan más importantes que las prácticas de farmacéuticas que venden
sus productos al doble o
triple de su precio internacional, o las que venden "marcas
secundarias" o "genéricos de marca" a precio de
original.
- Y ahora en el nuevo
Proyecto de Ley de Reforma a la Ley 100...
Lamentablemente, esta visión "corrupcionista" de los
Decretos de la Emergencia Social declarada inexequible, se
trasladó al nuevo Proyecto de Reforma de la Ley 100, que desconoce por
completo el papel que la desregulación de precios de
medicamentos ha jugado en el incremento exponencial de los
recobros al FOSYGA y Entidades
Territoriales. Aunque reconoce que “para 2009 el gasto por
medicamentos y servicios NO POS llegó a representar el 20% del
total del gasto salud”, no menciona las verdaderas causas de
dicho fenómeno y -por el contario- en el artículo 55 propone
diseñar una Política Farmacéutica “que
integre y relacione los aspectos de intercambiabilidad,
biodisponibilidad, bioequivalencia, farmacovigilancia así como
los procedimientos requeridos para la expedición de registros,
negociación de precios y las sanciones correspondientes”
¿Qui prodest? ¿A quién beneficiará esta "nueva Política
Farmacéutica"?.
Los
artículos 107 y 109
del nuevo Proyecto de
Reforma también vienen de los Decretos de Emergencia Social y
hablan de la imposición de multas y sanciones hasta de cinco mil salarios mínimos
legales mensuales vigentes (5.000 SMLMV) a cualquiera “de los
actores de la cadena de comercialización y producción de
medicamentos y dispositivos médicos, cuando infrinjan el régimen
especial o el general aplicables al control de precios,
incluidas la omisión, renuencia o en cualquier forma de evasión
o de elusión en el suministro de la información que deba ser
reportada periódicamente conforme a la política fijada por la Comisión Nacional
de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos-CNPMD”. El enfoque "corrupcionista"
está en el
énfasis en comportamientos punibles de toda la cadena del
medicamento, sin ninguna mención específica de las conductas
perversas de los actores que comercializan productos
biotecnológicos y monopólicos con evidente abuso de posición
dominante y aquellos que piensan que ponerle un nombre de
fantasía a un principio activo, genera derechos prácticamente
iguales a los de su invención o desarrollo.
Algo rescatable de este proyecto de Ley en lo relacionado con
medicamentos sería el artículo 56 que propone la negociación
nacional de precios, donde el Ministerio de la Protección Social
adelantaría una negociación nacional de precios de los
medicamentos, dispositivos e insumos con mayor frecuencia de uso,
incluidos o no dentro del Plan Obligatorio de
Salud, consultando los precios de América latina, que a su vez
serán los precios de referencia tope para los recobros (pagos
contingentes). Pero, si tomamos en cuenta las
experiencias recientes de la CNPM
y las negociaciones de precios del Ministro Palacio (Ver
BIS-BCM#28
y BIS-BCM#30),
esta medida no constituye mayor solución, si se deja
en el limbo el tema de la regulación
integral o
estructural de
precios, que ni menciona el proyecto de la Senadora Toro.
5. Entre sus compromisos de
generar más empleo, formalizar los existentes y no fijar más
impuestos, el nuevo gobierno no podrá evadir la regulación de
precios de los medicamentos como una de las medidas estructurales
para evitar el colapso financiero del sistema de salud
Apenas se supo el triunfo electoral del Presidente Santos, los
investigadores del Observatorio del Medicamento de la
Federación Médica Colombiana supusimos que quien presentó las
propuestas de su campaña en la mesa de trabajo de "Así
Vamos en Salud" haría parte del gobierno y visitamos su
página personal en Internet http://mauriciosantamaria.com/
(antes de que fuese inactivada). Al revisar su investigación "Un diagnóstico general del
sector salud en Colombia: Evolución, contexto y principales
retos de un sistema en transformación" (Ver copias de
seguridad de Cap#1,
Cap#2,
Cap#3
y Cap#4)
y sus presentaciones "El
sector salud en Colombia: resultados, retos y regulación"
y "La
sentencia T-760: sus implicaciones en el financiamiento de la
salud y los incentivos que genera" de 2008,
además de "Una
aproximación política y constitucional a la Ley 100 de 1993"
y "HEALTH
REFORM IN COLOMBIA: SOME GOOD AND BAD IMPACTS ON THE POOR"
de 2009, apreciamos que -pese a su peso académico superior al
de los funcionarios salientes- en todos estos trabajos lamentablemente
no menciona el tema de los recobros, la desregulación de
precios de medicamentos y su impacto sobre la
viabilidad financiera del sistema de salud.
Sin
embargo, es innegable que el compromiso de crear 2.500.000 nuevos empleos y formalizar por lo menos 500.000
empleos ya existentes, constituye una solución estructural para
la crisis del sector salud (muy superior a la simple creación
de más impuestos, del anterior gobierno) y permite
abrigar esperanzas de que en este caso la omisión
del tema regulatorio es superable con argumentos de racionalidad
económica (situación muy distinta de lo sucedido con el
estudio de Econometría y su presentación en Cartagena que ni
mencionan la palabra "recobros" o las Circulares de la
CNPM, los Decretos de Emergencia Social y el nuevo proyecto de
Reforma de la Ley 100 que evaden tozudamente el tema regulatorio,
porque obedecen a intereses político-económicos
muy definidos).
En
este contexto, la Federación Médica Colombiana
considera que entre los compromisos de generar más empleo,
formalizar los existentes y no fijar más impuestos, el nuevo
gobierno no podrá evadir el tema de regulación de precios de
los medicamentos como una de las medidas estructurales para
evitar el colapso financiero del sistema de salud y sugiere que el nuevo
gobierno considere la viabilidad de una medida
que la
FMC viene planteando hace 4 años: La derogatoria inmediata
de la anacrónica Circular
04 de 2006 que generó la anarquía en el mercado farmacéutico
de Colombia y precipitó la actual iliquidez del sistema de
salud.
Nota
al margen
Las fijaciones de la Senadora
Dilian Francisca Toro
Seguramente la posición critica que la Federación Médica Colombiana
adoptó frente a las políticas del gobierno saliente
hizo que el Decreto 131/2010,
de la Emergencia Social inexequible, creara una Comisión de
Propuesta para la Reforma de la Ley 23 de 1981 (de Etica Médica),
integrada por la Academia Nacional de Medicina, la Asociación
Colombiana de Sociedades Científicas, ASCOFAME y el Ministerio
de la Protección Social, eliminando de un tajo la Federación
Médica Colombiana, expresamente mencionada por la Ley 23 como
asesora del Gobierno en este tema. Pero, luego de la rectificación
ordenada por el propio Presidente Uribe la
FMC participa hoy en el Proyecto de Reforma de la Ley 23.
Sin embargo, la
Senadora Dilian Francisca Toro no logra superar una fijación
presente en todos sus proyectos: el desconocimiento de
la Federación Médica
Colombiana ( una institución de más
de 70 años de tradición, miembro de la
Asociación Médica Mundial) para reemplazarla por un "Colegio Médico"
seguramente afín a sus intereses. La última versión
del Proyecto
de Reforma que aquí analizamos, en su
Artículo 60, en la "Composición del Consejo Nacional de Evaluación y Seguimiento a Tecnologías, Intervenciones y Procedimientos",
punto g), incluye un "Presidente del Colegio Medico",
es decir un "Colegio Médico" a secas que
nadie conoce. |
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