1. Inconsistencias en datos generales de recobros que difundió el
Consorcio Fidufosyga
Después del fallo que, tuteló el derecho de la FMC a
conocer la información de recobros que administra el Consorcio,
nuestra entidad presentó 3 derechos de petición adicionales
con ejemplos de inconsistencias graves y solicitudes de nuevos
envíos de información libre de errores. En los 3 casos,
recibimos archivos distintos, con datos distintos, que
Fidufosyga atribuyó a variaciones entre recobros
“aprobados” y “pagados”. Ahora, el Consorcio acepta que los
registros en medio magnético
no coinciden con los soportes físicos, que pueden tener valores
“diametralmente” inferiores, es decir, acepta la existencia de errores que obligan a revisar incluso
los datos generales de recobros que difundió el Consorcio. Ver
Tabla N°1
Tabla
N°1: Los datos de Fidufosyga difieren entre sí y difieren con
los datos enviados a la FMC
Lo
realmente importante de la respuesta del Consorcio, es que
-luego de analizar una muestra de registros y comprobar que los
valores en medio magnético corresponden a los del documento físico
multiplicados por 100, es decir, confirmar la existencia de
registros de recobros con “valores absurdamente elevados” y
atribuir la responsabilidad a las “EPS recobrantes” que
agregaron dos ceros (00) en el valor correspondiente al campo
“Vlr ítem recobrado”-
el Consorcio acepta
la existencia de errores en los registros magnéticos de los
recobros pagados por el Fondo de Seguridad y Garantía FOSYGA. Y
esta situación, lógicamente, no afecta solo a los pocos
registros que menciona el Consorcio, sino a miles de registros
de recobros como los que se incluyen en los archivos del CD
Anexo N°2.
En
este contexto, las siguientes afirmaciones, que corresponden a
la comunicación del Anexo N°1…
a)
De acuerdo con el
“literal f del artículo 18 de la Resolución 3099 de 2008”
el Consorcio debe atender lo contenido en el físico, razón por
la cual “el monto
pagado en los recobros radicados en el Consorcio, corresponde a
la cifra presentada por la entidad en los documentos físicos, y
no, a lo que se registra en el medio magnético” y
b)
“el
Consorcio no tiene la facultad legal ni contractual para
modificar los datos suministrados por las EPS ya sea en medio físico
o magnético”
…son
muy preocupantes, en la perspectiva de una posible catástrofe informática en el seguimiento de los recobros pagados
por el Consorcio Fidufosyga.
Al
plantear que los registros magnéticos pueden NO corresponder
fielmente a la información en medio físico, Fidufosyga abre la
posibilidad de que las estadísticas de recobros que maneja el
sistema no sean correctas y que, por ejemplo, para analizar los
recobros de los años 2007 a 2010 que alcanzan la suma de Col$
5,8 billones (Col$ 5.808.717.000.000), debemos ¡validar los
datos con base en la documentación física!.
Para
tener una idea de la magnitud de la revisión que plantea la
respuesta del Consorcio Fidufosyga, veamos el siguiente ejemplo
de errores e inconsistencias que aparecen en la revisión de
datos de solo 2 medicamentos considerados de alto impacto en
recobros.
2.
Ejemplo de inconsistencias en recobros de Rituximab (Mabthera) y
Trastuzumab (Herceptin)
En
el CD del Anexo N°2, archivo Excel “RituximabMabthera_Recobros2007a2009.xls”, seleccionamos 15.066 registros que según la FMC presentan algún
tipo de sobrecosto o inconsistencia. Es decir que, de un total
de 23.790 registros de recobros con Rituximab, hasta un 63% de
los registros puede considerarse de validez cuestionable:
a)
La pestaña “5InconsCodyNomM” (Hoja N° 5: Inconsistencias
en CodMedicamento y Nommedicamento”) muestra una hoja de cálculo
donde se registran inconsistencias tales como
-
Tabla
1 de 4: Codmedicamento Nulo o errado, con 2.567 registros de
recobro, por un valor de Col$ 28.748.270.443, donde el código
del medicamento aparece nulo o con errores graves;
-
Tabla
2 de 4: Codmedicamento con CUM, 2.870 registros por un
valor de Col$ 28.748.270.443, donde el campo Codmedicamento, en
lugar de “registro sanitario” lleva el CUM (Código Unico de
Medicamento) tal como ordena la Resolución 4377 de 29oct2010
(la codificación basada en CUM es más racional, pero hasta
2010 fue una inconsistencia).
-
Tabla
4 de 4: Muestra de inconsistencias en NomMedicamento,
con 10.410 registros de recobro, por un valor de Col$
101.963.522.511, donde el campo “nombre del medicamento” no
permite identificar bien si el objeto de recobro corresponde a
la concentración de 100 mg, por 2 viales, o 500 mg (cuyo costo
es más del doble), es decir, contradice la afirmación “No existen inconsistencias en la identificación del objeto de recobro,
toda vez que la misma se encuentra en la columna “NomMedicamento” en la cual se identifica plenamente el nombre del
medicamento”.
b)
La octava pestaña “8SC+Incons” del archivo “RituximabMabthera_Recobros2007a2009.xls” del CD Anexo N°2 muestra
una hoja excel con 18 tablas y 15.066 registros, con
inconsistencias varias, por un valor recobrado de Col$
117.252.101.705. En otro ejemplo, la quinta pestaña
“5InconsistySCxEPS” del archivo “TrastuzumabHerceptin_Recobros2007a2009.xls”
del CD Anexo N°2 muestra
una hoja excel con 5 tablas y 497 registros, con inconsistencias
varias, por un valor recobrado de Col$ 38.149.811.889
c)
Las pestañas “MaterialesBoletin” de los archivos “RituximabMabthera_Recobros2007a2009.xls” y “TrastuzumabHerceptin_Recobros2007a2009.xls” del CD Anexo N°2 muestran
los siguientes gráficos que resaltan las diferencias entre las
cantidades que aparecen como recobradas al FOSYGA frente a las
unidades que el laboratorio reportó como vendidas (según
SISMED de 2007-2009).
Gráfico
N°1 Unidades Rituximab (Mabthera)
Gráfico
N°2 Unidades Trastuzumab (Herceptin)
Nota: No se incluyen
en el Gráfico N°1 las 38.810 unidades de Rituximab reportadas
como vendidas por Roche el año 2007
y tampoco en el Gráfico N°2 las 14.324 unidades de Trastuzumab
reportadas como vendidas por Roche el año 2007, porque
corresponden a inconsistencias del SISMED
Nótese
en el Gráfico N°1 que el año 2008 aparecen recobradas 17.750
unidades de Rituximab (Mabthera de Roche), cuando el laboratorio
dice haber vendido solo 12.583. El año 2009 aparecen recobradas
19.048 unidades de Rituximab, cuando Roche dice haber vendido
16.087 unidades. Nótese igualmente en el Gráfico N°2 que el
2008 aparecen recobradas 76.975 unidades de Trastuzumab (Herceptín
de Roche) cuando el laboratorio dice haber vendido solo 4.451
unidades. Y el año 2009 aparecen recobradas 219.679 unidades de
Trastuzumab cuando Roche dice haber vendido solo 6.286 unidades.
Al
detallar las inconsistencias entre unidades recobradas y
vendidas de Trastuzumab (Herceptín de Roche), encontramos que 2
EPS -SUSALUD (hoy EPS SURA) y Coomeva- reportaron “cantidad”
por miligramos mientras las demás reportaron cantidad por
empaques de 60 tabletas. Esta práctica distorsionó las estadísticas
de cantidad recobrada, en forma crecientemente más grave, sin
que ningún mecanismo de control y vigilancia detecte el fenómeno
y adopte los correctivos pertinentes.
Ante
estos hechos, resulta inaceptable que el Consorcio Fidufosyga,
pretenda evadir su responsabilidad afirmando que “los
errores en el medio magnético, son responsabilidad de las EPS”
y que “el Consorcio no
tiene la facultad legal ni contractual para modificar los datos
suministrados por las EPS ya sea en medio físico o magnético”
En
conclusión, la cantidad
de errores e inconsistencias en los registros de recobro en
medio magnético -que se acumularon en más 5 años de falta de
vigilancia, control y correctivos- es de tal magnitud, que pone
en entredicho la credibilidad de toda la información de
recobros. ¿Estamos frente a una catástrofe informática que obligaría a validar y
volver a digitar los datos verdaderos que según Fidufosyga se
encuentran en la documentación física?.
PETICION
Por
lo expuesto, la
Federación Médica Colombiana, en ejercicio de los derechos constitucionales y legales de petición de
información, de acceso a documentos públicos, y de acceso a la
administración de justicia (C. P. de C. Arts. 23, 20, 74, 229;
D.L. 01 de 1984, Arts. 9º y ss., 17º y ss.; Ley 57 de 1985,
Arts. 12º y ss.), de manera respetuosa, presenta
ante su autoridad la petición de iniciar
investigación administrativa de las acciones u omisiones,
dolosas o culposas, en que hubiesen incurrido los funcionarios y
las entidades responsables del manejo de la información y los
recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía FOSYGA.
Y
en caso de confirmarse los errores e inconsistencias que
menciona la Federación Médica Colombiana, solicitamos la
corrección inmediata de los vacíos normativos que originaron
esta situación, la identificación de los responsables de los
ilícitos que se hubiesen cometido y las sanciones a que haya
lugar, en el marco de funciones de la Superintendencia Nacional
de Salud.
OBJETO
DE LA PETICION
Dentro del objeto misión de la Federación Médica
Colombiana -entidad del orden nacional que agrupa a los Colegios
Médicos Departamentales, que por diversas leyes de la República
es consultora y asesora del Gobierno Nacional en los temas
atinentes a la ética y salud- se encuentra la defensa de los
intereses de la salud pública.
NOTIFICACIONES
Recibiremos
contestación en la Carrera 7 No. 82-66. Oficinas 218 y 219, teléfono
8050073 de Bogotá DC
Atentamente,
Dr. Sergio Isaza Villa
Dr. Sergio Robledo Riaga
C.C. No.
C.C. No.
Federación
Médica Colombiana
Colegio Médico de Cundinamarca
Presidente
Presidente
Anexo N°1: Respuesta del Consorcio Fidufosyga a la comunicación 3-3011-026023 de la Supersalud
Anexo
N°2: CD con archivos Excel “RituximabMabthera_Recobros2007a2009.xls” y “TrastuzumabHerceptin_Recobros2007a2009.xls”