El
4 de marzo, la
FMC y OBSERVAMED expresaron su oposición a
prácticas monopólicas y apoyaron la declaratoria de interés público de IMATINIB (GLIVEC® Novartis)
y lanzaron la página IMATINIB_Glivec.co
para seguimiento de este proceso. Ver Carta
al Ministro
Alejandro Gaviria. Radicado.
Audio del programa Monitor
de la Salud de Radio Todelar. Crecen
voces que piden declarar interés público para IMATINIB en Opinión&Salud.
El 18 de marzo, DeJusticia y el Programa de Justicia
Global y Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad de
los Andes, por su parte, organizaron el Conversatorio "Licencias
Obligatorias y Patentes" (ver Invitación)
donde se criticaron los artificios técnico-legales empleados por
Novartis para extender la patente concedida al Mesilato de Imatinib el
año 1993 y sus graves implicaciones para
los pacientes y el sistema de salud colombiano.
Visite nuestra página
de seguimiento
a IMATINIB para ver la explicación de las siguientes tablas
Tabla
N°1: Consumo
de IMATINIB
según
reportes a SISMED de los años 2008 a 2014
(pesos
colombianos)
Tabla
N°2:
Consumo
de IMATINIB
según
recobros a
FOSYGA
de
los años 2006 a
2010
Tabla
N°3:
Análisis
ventas y precios
IMATINIB
400mg
y 100mg
según
reportes a SISMED
2013
y
2014(9meses)
7.
Relaciones
monopólicas "de facto" en el mercado de IMATINIB
La
multinacional Novartis puede argumentar que la patente 29270 concedida por
la SIC mediante Resolución 24250 de 25 de abril de 2012 protege
solamente la "forma polimórfica beta"
del Mesilato de IMATINIB y por lo tanto no se configura un monopolio en
términos estrictos. Pero, los hechos expuestos y los "acuerdos
confidenciales" que está adelantando con los competidores más
importantes, confirman que -hasta que se demuestre lo contrario-
Novartis tiene una estrategia definida para establecer relaciones
monopólicas "de facto", con eliminación de la competencia y
la captura del 61% del consumo institucional
que se suplía con genéricos de
marca.
Si asumimos que el consumo IMATINIB (convertido a 400mg x 30 tabs) de 7 períodos de 2013 y 2014 (el último período de 2014 aún no aparece en los reportes de SISMED) fue de 4.147 unidades por período, en los 8 períodos se habrían consumido 33.173 unidades y esto nos da un consumo anual de 16.586 unidades. Si el 61% de ese consumo que corresponde a competidores con un costo promedio calculado en COP 1.048.229 se paga con el precio promedio calculado de GLIVEC (COP 4.390.788) se generaría un daño patrimonial para el sistema de salud de COP
33.819.179.036 anuales. Decir que esto no está relacionado con la patente 29270, no compromete el acceso de los pacientes a esta terapéutica y no tendrá impacto en las finanzas del sistema de salud, es burlarse del buen juicio del ente regulador.
Aunque
en Colombia no existen antecedentes de otorgamiento de licencias
obligatorias, puede inferirse de la
normatividad vigente que es posible otorgar dichas licencias,
cuando el interés social sea evidente como se demostró en este caso, porque
-como lo
señala el Art. 58 de la Constitución Política- la propiedad privada
está sujeta al interés social.
La Federación Médica Colombiana insiste en que,
si el ente regulador rechaza la solicitud de declaratoria de interés público, posiblemente el 61% del consumo de IMATINIB en unidades, tendrá que ser cubierto con GLIVEC
a precios por lo menos cuatro (4) veces más elevados que el precio promedio de diez (10) competidores (competidores que Novartis está eliminando progresivamente del mercado, con prácticas monopólicas "de facto"). Esta situación -sin duda- generará un daño patrimonial importante para el sistema de salud, que seguramente ameritará una "función de advertencia" de la Contraloría General de la República.
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