Por lo tanto, con PMV discutibles
y sin capacidad de implementar otros mecanismos de regulación
más eficientes, el objetivo de reducir los recobros a medio billón anual
a partir del 2014 (fijado por la recién aprobada PFN-2012 pág.44)
ya no es difícil, simplemente es una utopía.
En la nota de CM&, el
ministro Gaviria, parecía realmente preocupado y con
justa razón. Fue columnista destacado, actor protagónico de
muchos debates públicos y decano de economía de la Universidad de Los
Andes. Conoce la magnitud del problema de los recobros así como la
complejidad de su solución. Y acaba de recibir una lección de lo
"duro" que juegan los intereses que
se mueven en el multibillonario negocio farmacéutico. Solo falta
ver la talla que mostrará su ministerio en esta pelea.
2. Antecedentes del Decreto 4474
/ AR
y su posible nulidad
Recordemos que la política de desregulación de precios de medicamentos del octenio 2003-2010 generó
un crecimiento exponencial de los recobros, que agudizó y
contribuyó a precipitar la crisis financiera del sistema de salud que todos conocemos.
Al finalizar la administración Uribe, el entonces ministro Palacio B., reconoció los errores de esa política (ver
BIS-BCM#24de2010 y
Portafolio), y expidió varias medidas que según la FMC sirvieron más para la campaña mediática, que para resolver realmente el desastre de los recobros. Esas medidas fueron:
- El Decreto 1313 de importaciones paralelas y las Resoluciones 1424, 1499 y 1663, que listaron 191 productos de alto impacto en recobros que podían importarse sin autorización de los titulares de sus registros sanitarios y la Resolución 1662 que excluyó de esa lista 12 productos de Roche,
- La Circular 03 de
2010, que llevó 925 medicamentos a régimen de libertad regulada,
pero que la FMC llamó "falsa regulación" porque a esos productos no se les fijaron precios de referencia y porque el MPS no publicó los precios reportados por los mismos, para hacer efectiva la norma que restringía sus incrementos al Indice de Precios al Productor
(IPP, con base en el último precio reportado).
-
La Circular 04 de
2010, que fijó Valor Máximo de Recobro VMR para 25 medicamentos, entre los cuales se
encontraban los productos mal negociados por el ex-ministro Palacio con Roche
(Resolución
1662) y Wyeth, hoy Pfizer (Enbrel®
(Etanercept) que en general produjeron resultados muy pobres.
En vista de la magnitud colosal de los recobros y
la pobreza de los resultados de las anteriores medidas, el nuevo ministro de protección social, Mauricio Santa María, buscó utilizar mejor
el mecanismo de Valores Máximos de Recobro-VMR para controlar
ese fenómeno.
Por la urgencia de la situación
y seguramente por la inoperancia de la CNPMyDM o la imposibilidad
de lograr un consenso entre los miembros de esa comisión de alto
nivel, el gobierno terminó expidiendo el Decreto 4474/AR
que facultaba al Ministerio de Salud y Protección Social para
fijar Valores Máximos Recobro (VMR), al margen de la CNPMyDM.
Dice el accionante de la demanda
aceptada (verACHC/AR)
que la Ley 100 faculta exclusivamente a la Comisión
Nacional de Precios de Medicamentos para expedir ese tipo de
disposiciones y que, el MSyPS usurpó esas funciones,
comprometiendo la validez legal de la norma.
La demanda fue presentada por un abogado
egresado de la Universidad Javeriana, con una corta especialidad en "University Of Exeter LLM International Bussines Law 1987-1988"
(ver),
que aparece en Internet como socio de firmas como Escobar&Ibarra, Figueroa Sierra &
Asociados, Araújo Ibarra Asociados y Presidente de Ibarra Ibarra &
Asociados. Escribe sobre fijación unilateral de precios (ver)
y se presenta como "Asesor del Gobierno Colombiano y de asociaciones del sector económico para la negociación de tratados comerciales regionales y bilaterales; Miembro del WTO’s Commerce and Trade Group; Profesor de Derecho Económico Internacional en la Pontificia Universidad Javeriana
y Presidente del Comité de Derecho de la Competencia de la Cámara de Comercio Colombo Americana de Bogotá".
La suspensión se hará efectiva
tan pronto se notifique el MSyPS y se resuelva el recurso de
reposición que seguramente interpondrá. Si los VMR fijados
unilateralmente por el ministerio se suspenden y el MSyPS no logra que la
CNPMyDM homologue sus VMR como PMV, quedará sin efecto la principal
(léase única) estrategia de la administración Santos para el control
de precios abusivos en los recobros. En la práctica, volveremos al
escenario catastrófico que dejó el anterior gobierno en este
tema.
3. Relación
del problema de los recobros con la nueva PFN-2012 y la solucion regulatoria
de VMR
En el primer
Boletín de esta serie sobre PFN-2012 (Ver BisBCM#36de2012)
insistimos sobre la magnitud del problema de los recobros, su
relación con la política pública desregulatoria del octenio
2003-2010, el fracaso de las medidas correctivas que el anterior
gobierno intentó en su último año de gestión y lo que llamamos
una insuficiente "referenciación" nacional del
Documento CONPES Social N°155 de Política Farmacéutica Nacional
(en adelante PFN-2012).
|
Dijimos
que un borrador de la PFN-2012 (ver
pág.29)
graficó el crecimiento exponencial de los recobros
(barras azules) y mencionó
elementos diagnósticos que
aparecen en el documento final como
"inducción indebida de la demanda",
"falta de una
institucionalidad que permita solucionar los problemas por la vía
administrativa", "presiones en el mercado" y "prescripción inadecuada de medicamentos",
pero
sin concretar ni
jerarquizar su impacto en los recobros.
Coincidiendo con la existencia de esos factores, pero con el
propósito de mostrar "relaciones de causalidad"
que el documento PFN-2012 no menciona, elaboramos
una infografía (ver)
que mostró las barras azules del Gráfico N°3 del
borrador mencionado, con adición de hitos de la
política desregulatoria de precios, sistema de
información y recobros, del octenio 2003-2010. |
En
este gráfico, junto con hechos que la PFN-2012 tampoco menciona,
como la "catástrofe informática" del
registro magnético de los recobros durante la gestión del
Consorcio Fidufosyga 2005, aparece el efecto regulatorio de los
VMR fijados por el MSyPS (Resoluciones 5229
de 2010; 05,
1020,
3026,
3470
y 4316
de 2011, e incluso la 2569
de 2012) al amparo del Decreto 4474.
Allí se confirma lo dicho por el Ministro Gaviria sobre el
impacto de los VMR sobre los recobros al FOSYGA.
4. Virtudes y
defectos de los Valores Máximos de Recobro-VMR
En el Boletín BisBCM#38de2012
(3° de la
serie PFN-2012)
analizamos la validez
de los VMR como mecanismo de regulación de precios de
medicamentos, a propósito de la fijación de los últimos VMR por
la Resolución 2569
de
2012 (con
los cuales los expertos del MSyPS afirmaron que habían
logrado controlar los precios de recobro del 98% de los productos de mayor
impacto).
|
En ese Boletín
(ver)
aclaramos que:
- Los VMR solo
regulan precios institucionales y hasta el momento no se han
complementado con medidas que benefician el gasto de bolsillo
de los pacientes
- Los primeros VMR
(25) fueron fijados por la Circular 04 de
2010 de la anterior administración que homologó las negociaciones del ex-ministro Palacio con
Roche y Wyeth, hoy Pfizer (Enbrel)
- Esos VMR resultaron
elevados y -ante la inoperancia de la CNPMyDM o imposibilidad
de lograr un consenso allí- se expidió el Decreto 4474/AR
que facultaba al MSyPS para
fijar nuevos VMR
- Los nuevos VMR efectivamente son mejores que los
anteriores. Tienen efectos benéficos (en todo caso son un
límite a los precios exorbitantes) pero, constriñen al
máximo el margen de los prestadores e inducen a
prácticas perversas. |
Con todos sus
defectos, los VMR constituyen el principal mecanismo
regulatorio aplicado por la Administración Santos y su caída
-temporal o definitiva- en todo caso una pérdida de la capacidad regulatoria
del MSyPS y si éste no logra que la CNPMyDM ratifique todos
sus VMR, será otro factor que agravará aún más la crisis financiera del sistema.
5.
La
utopía del medio billón anual de recobros de la PFN-2012 Para
graficar las razones por las cuales la FMC considera que el
objetivo de reducir los recobros a medio billón anual a partir de 2014
(fijado por la recién aprobada PFN-2012 pág.44)
"ya no es difícil, simplemente es una utopía" ampliamos
el gráfico
del Boletín BisBCM#36de2012
con una columna adicional que muestra la magnitud del cambio
propuesto, junto a todos los factores mencionados en los
anteriores puntos, así: Gráfico
N°2: Análisis de la FMC sobre Objetivo de la PFN-2012 de medio
billón anual de recobros
Con
base en estos hechos, la FMC considera que los grupos de poder que
se fortalecieron durante el octenio 2003-2010 de la política de
desregulación, lograron montar un andamiaje sólido que, ni los
intentos de rectificación del anterior gobierno, ni los esfuerzos
de algunos sectores del actual gobierno, pudieron neutralizar. Posibles
contradicciones internas en el propio gobierno, explicarían que
el MSyPS hubiese expedido el demandado Decreto 4474 en lugar de
lograr un acuerdo con el ministerio de comercio para que la
CNPMyDM expida los VMR que hoy está a punto de ser suspendidos. Lo
cierto es que hoy, luego de
tramitarse la notificación del MSyPS y el recurso de
reposición que seguramente interpondrá, es posible que la
suspensión de los VMR se haga efectiva. Y si -insistimos- el
MSyPS no logra la ratificación de sus VMR por la CNPMyDM,
volveremos al escenario catastrófico que dejó el anterior
gobierno, cuando Colombia llegó a ser un caso mundial de irregularidades administrativas que beneficiaron a particulares,
con daño patrimonial grave del sistema de salud, ligado a omisión de la obligación que tienen los funcionarios estatales de defender el interés público. Por
esta razón, la FMC hace un llamado a la sociedad civil organizada,
asociaciones de profesionales de la salud, de pacientes, la
academia, la iglesia y todas las fuerzas que defendemos la salud
pública, para que hagamos respetar el "marco de los
principios constitucionales asociados al derecho a la salud"
de la PFN-2012 y
que se cumplan los anuncios presidenciales de que esta política se
implementará priorizando los intereses de la salud del pueblo
colombiano.
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