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Boletín Informática & Salud Boletín del Consumidor de Medicamentos
| ISSN-0121-4675 | Res.Min.Gob.0036/91 | Web Mail | Año 22 (1991-2012) N°36/2012 | Bogotá, 03/sep/2012 a 09/sep/2012

 

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Colegio Médico de Cundinamarca y Bogotá: 93 años defendiendo la salud pública y el ejercicio ético de la profesión médica

CONPES Social N°155 de 2012 Ver/AR   Serie PFN: 1/10
Federación Médica Colombiana inicia análisis de Documento de Política Farmacéutica 2012
OBSERVAMED publicará 10 Boletines sobre este tema. En esta entrega la FMC contextualiza el documento de PFN y dice que faltó un
mejor análisis de la realidad nacional

Sumario:
En esta primera entrega, la FMC cuestiona las bases diagnósticas del Documento CONPES Social N°155 de Política Farmacéutica Nacional (en adelante PFN-2012) por ignorar que en el octenio 2003-2010 existió una política pública desregulatoria que se alejó totalmente del documento de PFN-2003 y por ignorar que el año 2010 se tomaron medidas correctivas que -aunque no sirvieron para corregir el problema generado- sirvieron para mostrar el poder de los actores que se fortalecieron con la política desregulatoria. Ignorar hechos como estos, deterioró la calidad diagnóstica de la nueva PFN-2012 e indujo a limitaciones estratégicas en sus propuestas.

1. Buena "referenciación internacional" y deficiente "referenciación nacional"
Entre los documentos preparatorios de la PFN-2012 se encuentra un estudio interesante de "referenciación internacional" (ver), que analiza políticas de regulación de precios en varios países, define lineamientos técnicos para el seguimiento de este tema y recomienda medidas que deben ser incorporados a la PFN-2012.

La metodología inductiva de este documento es clara: Parte de una "Taxonomía de las estrategias de Regulación Económica de medicamentos", pasa por el análisis de "Tendencias de regulación económica", "Lecciones aprendidas de la experiencia internacional" y un "Estudio del precio de los medicamentos en Colombia" para terminar en unas conclusiones que le permiten definir unos "Procesos a ser incorporados en la formulación de Política Farmacéutica Nacional". Algo así como: "mira lo que se puede hacer", luego, "mira cómo lo que se hace en 58 países", "mira cómo lo estás haciendo tú" y "esto es lo que debes hacer".

Sin duda, esta metodología podría ser válida, si al menos el capítulo del "Estudio del precio de los medicamentos en Colombia" fuese algo más real. Pero, el punto I4 (pág. 32 a 37) analiza teóricamente la normatividad existente en Colombia, sin mostrar los resultados concretos de su aplicación. Por ejemplo, analiza la Circular 04 de 2006, sin aportar mayores datos sobre su implementación y ningún dato sobre resultados.

Por lo tanto, afirmaciones diagnósticas ciertas como "En la práctica la normativa de regulación de precios no ha sido implantada. Solo en un caso (Lopinavir/ritonavir) se calculó un precio de referencia. Ningún producto fue incorporado a control directo. No hay reportes para monitoreo de concentración ni de prácticas anticompetitivas" pierden toda su fuerza, porque no se muestran resultados concretos de lo que efectivamente sucedió en el mercado farmacéutico.

Del mismo modo, analiza teóricamente los Valores Máximos de Recobro (VMR) y asume que son benéficos, sin condicionar este concepto a su impacto real en las cifras de recobro. Los VMR efectivamente cumplen un rol, porque en todo caso fijan límites, pero ese rol puede ser discutible cuando esos límites son superiores a precios internacionales en los productos de mayor impacto. (ver BIS-BCM#34de2011 y BisBCM#38de2012).

Si asumimos que el objeto del estudio fue servir de insumo para "definir lineamientos técnicos" de la política farmacéutica, existe una debilidad manifiesta en el análisis de la realidad nacional, que -lamentablemente, se trasladó al documento final de PFN-2012.

Debate sobre medicamentos
BIOTECNOLOGICOS

OBSERVAMED estima sobrecostos:
Ver Boletín BIS-BCM#29de2012

Acceso a Medicamentos Biotecnológicos: Ventas en Colombia 2008 a 2011 y Precios comparativos con España

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2. La "referenciación nacional" que no aparece en la PFN-2012
Aunque un borrador del documento de PFN-2012 (ver pág.25) sí incluye un gráfico sobre el crecimiento exponencial de los recobros al Fondo de Solidaridad y Garantía FOSYGA, el documento final excluye ese gráfico y además, no menciona claramente la relación de ese crecimiento con la política de desregulación que se implementó en Colombia en el octenio 2003-2010, al margen de todos los postulados teóricos de la PFN-2003. Por esta razón, elaboramos una infografía (Gráfico N°1) donde tomamos el gráfico mencionado y añadimos dicha relación:

Gráfico N°1. Política de desregulación y crecimiento exponencial de recobros al FOSYGA

El documento final de PFN-2012 menciona elementos diagnósticos como "inducción indebida de la demanda", "falta de una institucionalidad que permita solucionar los problemas por la vía administrativa", "presiones en el mercado" y "prescripción inadecuada de medicamentos", pero sin concretar ni jerarquizar el impacto económico de cada uno de esos factores. Por esta razón, sin negar la existencia de dichos factores, pero con el claro propósito de mostrar relaciones de causalidad determinantes añadimos a las barras azules del Gráfico N°3 del borrador mencionado, los hitos de la política desregulatoria de precios junto a la catástrofe financiera que todos conocemos, y de la desregulación del sistema de información junto a la mención de la catástrofe informática que no todos perciben claramente.

La FMC habla de una "catástrofe informática" tan importante como la financiera, porque adelanta un largo litigio donde, luego de lograr mediante acción de tutela el acceso a la información de recobros, denunció graves inconsistencias en la base de datos de Fidufosyga, hasta que ese consorcio y el propio MPS reconocieron que dicha información magnética no correspondía a la documentación física que respaldaba el pago de los recobros. Por este hecho, un número indeterminado de registros de recobros son falsos y eso vicia toda la información que no esté verificada con la documentación física. Exigiendo la revisión de dichos registros, la FMC logró el reconocimiento oficial de devolución de más de 22.000 millones por recobros de Factor Antihemofílico VIII y IX que siendo POS fue recobrado como No-POS. Y en la actualidad, la FMC sostiene una batalla legal para que se revisen más registros que permitan recuperar más recursos y permitan darle credibilidad a la información de recobros efectivamente pagados. Esto último obligaría al replanteamiento de todas las investigaciones publicadas hasta la fecha sobre este tema, porque ninguna se basa en datos confirmados con la documentación física.

Según la FMC, todos estos hechos convirtieron a Colombia en un caso mundial de política desregulatoria, con evidente favorecimiento de intereses económicos particulares, daño patrimonial del Estado y omisión grave de funcionarios públicos de su obligación legal de defender los intereses de la salud pública. Existió una política desregulatoria que convirtió la PFN de 2003 en una PFN de papel y nos condujo a una catástrofe financiera e informática que, un documento como la PFN-2012 no puede ignorar o matizar al extremo. Sin la relación de causalidad que se muestra en el Gráfico N°1 y sin la documentación de estos hechos, el análisis pierde toda relevancia y calidad diagnóstica. Por esta razón, la FMC insiste en la enumeración de hechos, que obviamente no fueron los únicos, pero sí los más determinantes:

2.1. Los inicios del crecimiento exponencial de recobros. De 1997 a 2002
Los recobros al Fondo de Solidaridad y Garantía FOSYGA, por prestaciones  no incluidas en el Plan Obligatorio de Salud POS (medicamentos y procedimientos) de los años 1997 a 2000 (acumulado 4 años) fueron de Col$ 4.244 millones. El año 2001 pasaron a Col$ 5.311 millones y el 2002 se multiplicaron por 10 y llegaron a Col$ 56.741 millones.

El entonces ministro de salud Juan Luis Londoño, seguramente intuyó la gravedad de este hecho y consideró que los precios de los medicamentos eran los mayores responsables de ese fenómeno (ver nota de prensa del Ministerio y reportes de los medios). Por lo tanto, impulsó medidas coyunturales como,

  • Expedir la Circular 04, del 11/dic/2002, que congeló por 6 meses (a partir de enero 2003) los precios de 3 laboratorios "debido al incremento injustificado" de sus precios y 28 laboratorios por no cumplir con su obligación de reportar datos a la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos. Sancionó con mayor severidad a Productos ROCHE S.A. y congeló sus precios por un año "con la posibilidad de extender el período de congelación de los precios por un año más" (ver inciso c).
  • Elevar a 132 el número de medicamentos monopólicos sometidos al régimen de control directo de precios. Con la Circular 05 de 2002 ordenó pasar a este régimen a 19 medicamentos Antiretrovirales disponibles en esa fecha.

Y además, medidas estructurales como, iniciar el proceso de "construcción colectiva" de la Política Farmacéutica Nacional que se publicaría a finales de 2003.

2.2. Los inicios de la política de desregulación de precios de medicamentos. De 2003 a 2006
El
10/mar/03, un mes después del fallecimiento del ministro Londoño Cuesta (06/feb/03), la Circular 01 de 2003 modificó las sanciones de Circular 04 de 2002: Eliminó la discriminación de causales de la sanción mencionada, pasó los productos de Roche y 29 laboratorios a régimen de libertad regulada y niveló la congelación de precios hasta el 30 de junio de 2003. Es decir, minimizó la causal "incremento injustificado de precios", igualó a Roche con las farmacéuticas que solo incumplieron con sus reportes y redujo su sanción hasta junio de 2003.

La construcción colectiva de la PFN de 2003 siguió su curso de la mano de funcionarios que habían iniciado el proceso y en diciembre de ese año se hizo público el documento oficial (Ver PFN-2003) que fijó el propósito de "optimizar la utilización de los medicamentos, reducir las inequidades en el acceso y asegurar la calidad de los mismos en el marco del Sistema de Seguridad Social en Salud" (Resulta didáctico comparar los Objetivos, Alcance, Estrategias generales, Uso adecuado de medicamentos y sus dos ejes fundamentales y siete líneas estratégicas, con la PFN-2012).

Al margen de los postulados de la PFN-2003, e ignorando que los recobros que el 2003 habìan duplicado el dato de 2002 (pasaron de Col$ 56.741 millones a Col$ 113.709 millones), la Circular 01 de 2004 pasó varios productos oncológicos monopólicos al régimen de “libertad regulada”, en lugar del "control directo" que les correspondía por tener menos de 3 oferentes en el mercado.

Seguramente con impulso de la Circular 01 de 2004 y con participación creciente del componente de medicamentos -y los productos monopólicos y las marcas dominantes aprovechándose de la desregulación- los recobros, de Col$ 170.155 millones el 2004, pasaron a Col$ 291.606 millones el 2005 y Col$ 628.254 millones el 2006 (ver).

Es decir, en esta primera fase de desregulación, el recobro de 2006 decuplicó el dato de 2002 y el acumulado del cuatrienio 2003-2006 llegó a Col$ 1.203.724 millones (1,2 billones). Resultó ser 284 veces mayor que el acumulado del cuatrienio 1997-2000, que fue de Col$ 4.244 millones.

2.3. Desregulación total de precios de medicamentos en Colombia. De 2006 a 2010
Apenas 3 meses después de la Circular 01 de 2004, la CNPM publicó los términos de referencia de un estudio contratado por la Cámara Farmacéutica de la ANDI, financiado por las farmacéuticas y "avalado" por los ministerios de Protección Social y Comercio. El estudio fue adjudicado a la firma Econometría S.A. (la misma que lideró los consultores que prepararon el Documento CONPES N°155 de 2012) y se presentó oficialmente el 23/junio/2005, ante el XII Foro Farmacéutico en Cartagena. La CNPM adoptó las recomendaciones de este estudio en los puntos introductorios 5 y 6 de la Circular 01 de 27mar2006 (Ver estudio de Econometría y nótese que ni siquiera menciona el tema del crecimiento exponencial de los recobros al FOSYGA y su impacto sobre la crisis financiera del sistema de salud).

La Circular 04 de 2006 AR, que como la 01 de 2004, está firmada por Diego Palacio Betancourt (Ministro de la Protección Social), Jorge Humberto Botero Angulo (Ministro de Comercio, Industria y Turismo) y Manuel Ramírez Gómez (Delegado del Presidente de la República), profundizó y completó la política de desregulación de precios de medicamentos, así:

  • Dispuso un régimen general de "libertad vigilada" para todos los medicamentos que se comercializan a nivel nacional, es decir, liberó los precios de todos los productos que hasta entonces estaban en "libertad regulada" o "control directo",
  • Dispuso la derogatoria inmediata del régimen de "control directo" universal y automático que regía para los precios de medicamentos con menos de 3 oferentes en el mercado, que podían abusar de su posición dominante (Ver Diapositiva3PFMC),
  • Restringió la necesidad de regulación de precios a “Clasificaciones Terapéuticas Relevantes”, que nunca logró definir suficientemente (Ver Diapositiva5PFMC y Diapositiva6PFMC).
  • Creó un “Sistema de Precios de Referencia”, con información de 8 “Países de Referencia”, que tampoco pudo funcionar (según la FMC “por impreciso, confuso, oneroso e inocuo”. Ver Diapositivas 7PFMC, 8PFMC y 9PFMC).

En los hechos, en el cuatrienio 2007-2010:

  • Ningún producto fue sometido al régimen de "control directo" de precios,
  • Un solo producto (Kaletra® de Abbott) pasó a libertad regulada con precio de referencia (Circular 02 de 2009 acatada recién en febrero de 2010),
  • Más de 1.000 productos pasaron a régimen de libertad regulada, pero sin precio de referencia y sin publicar los precios reportados que permitiesen verificar si sus incrementos sobrepasaban el Indice de Precios al Productor (ver “falsa regulación” en el punto 1.4).

Estos últimos hechos sí se mencionan en el documento de "referenciación internacional", pero, allí no se menciona que durante este cuatrienio, los recobros al FOSYGA –según datos entregados a la FMC por la Supersalud- fueron de Col$ 557.331 millones el 2007 (dato errado porque según el MPS fue Col$ 1.018.762 millones), Col$ 1.202.756 millones el 2008, Col$ 1.812.505 millones el 2009 y Col$ 2.236.120 millones el 2010. Es decir que de 2007 a 2010, el acumulado de recobros llegó a Col$ 5.800.000 millones (5,8 billones, asumiendo el dato de la Supersalud del 2007) o Col$ 6.271.000 millones (6,3 billones, asumiendo el dato del MSP de 2007), con un peso aproximado de medicamentos cercano al 80%, según el propio MPS.

2.4. Los intentos de rectificación del año 2010 y el litigio promovido por la FMC
Luego de
documentar las principales causas de la catástrofe financiera e informática de los recobros en el octenio 2003-2010, la FMC documentó también el reconocimiento público de los errores de esa política por parte del ex-ministro Palacio (ver BIS-BCM#24de2010 y Portafolio) y las inconsistencias de sus intentos de rectificación.

Es así como, OBSERVAMED en sus Boletines:

  • BIS-BCM#17de2010, analizó el Decreto 1313 y su Resolución 1424. Clasificó las inclusiones en la lista de importaciones paralelas por su impacto económico,
  • BIS-BCM#18de2010, analizó la Circular 03 de 2010 que llevó 925 medicamentos a régimen de libertad regulada y criticó la inclusión de genéricos que reportaron precios muy bajos, productos no disponibles en el mercado y productos que reportaron ventas de pocas unidades,
  • BIS-BCM#20de2010, bajo el título “Modelo colombiano enseña al mundo que liberalización excesiva de precios de medicamentos tiene efectos nefastos”, registró las correcciones parciales de la Resolución 1499, el retroceso de la 1662 y las adiciones de la 1663 y
  • BIS-BCM#30de2010, bajo el título "Pese a colapso financiero de la salud, últimas decisiones de gobierno saliente siguen favoreciendo a grandes farmacéuticas", insistió en el retroceso de la Resolución 1662 y criticó las inconsistencias de la Circular 04 de 2010.

2.5. Litigio promovido por la FMC en defensa de la salud pública
Luego
Y además de documentar esos hechos, la FMC recurrió al litigio para defender
los intereses de la salud pública:

  • Tan pronto el MPS expidió la Resolución 1662 dedicada única y exclusivamente a retirar 12 productos de Roche de la lista de importaciones paralelas, la FMC presentó una petición para que se hagan públicos los documentos de esa negociación que consolidó precios elevados de esa farmacéutica, en detrimento del interés público.
  • El MPS negó dicha petición (ver) y la FMC inició la respectiva acción de tutela (ver). La tutela fue negada en las 2 instancias, la 2a. por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema (ver). Felizmente la Corte Constitucional seleccionó el caso para revisión y mediante la Sentencia T-487 de 2011 revocó la sentencia de la Corte Suprema, concedió el amparo del derecho de la DMC de acceso a documentos públicos y ordenó al MPS que suministre la información solicitada.
  • Por otro lado, la FMC continuó la batalla legal, para que se publiquen los reportes al SISMED, se corrija la información de recobros, se recuperen los recursos de recobros de productos POS que fueron recobrados como No-POS, se investiguen los funcionarios que omitieron su obligación de defender los recursos de la salud pública, etc. 

Con toda esa experiencia, la FMC considera que los intentos de rectificación del anterior gobierno en las postrimerías de su gestión, pueden ser criticables por su precipitud y falta de fortaleza técnica, pero, atribuir su "insuficiencia" a solo estos factores -ignorando elementos ciertos de economía política, relacionados con el poder real de los actores que la misma desregulación potenció- es incurrir en omisiones analíticas inadmisibles, que son las que criticamos en la "referenciación" de los estudios preparatorios y el propio documento final de PFN.

Minimizar hechos prominentes de la realidad nacional, eliminar la palabra "desregulación" del documento final, evadir la mención de "prácticas monopólicas" o "abusos de posición dominante" e ignorar los ejemplos de debilidad técnica e hipotonía institucional que acabamos de ver, muestran un sesgo evidente y pone en entredicho las perspectivas estratégicas de la nueva PFN-2012.

3. De la Política Farmacéutica Nacional del 2003 al Documento CONPES N°155 de 2012
Independientemente de todo lo anterior, sería injusto desconocer
los valores de la PFN-2012 y el esfuerzo desplegado por la Dra. Beatriz Londoño y su equipo asesor. Más allá de cualquier crítica, es justo reconocer que la aprobación de este documento, de todas maneras constituye un avance. En medio de las tendencias contradictorias dentro el mismo gobierno, cada punto a favor de la salud pública, debió requerir abundante fundamentación técnica y mucha voluntad de cambio. En esa perspectiva, destacamos especialmente:

  • Que el proceso contó con mayor participación de la academia,  el gremio químico-farmacéutico, asociaciones de pacientes y demás organizaciones de la sociedad civil,
  • Se logró definir una hoja de ruta para 10 años, con la formalidad de un Documento CONPES y dentro el marco de "los principios constitucionales asociados al derecho a la salud",
  • Constituyó un ejemplo de construcción de política pública, en medio de una confrontación con grupos de interés empoderados en el octenio de la desregulación 2003-2010.

En este punto, ratificamos lo expresado en nuestro Boletín BIS-BCM#35de2012 y respaldamos el análisis del Presidente del Colegio Nacional de Químicos Farmacéuticos que allí se publica. Sin duda, el documento de PFN-2012 es más sólido que su similar del 2003 y su expedición -en medio de anuncios presidenciales de que se implementará priorizando los intereses públicos- de todas maneras es un gran logro. Ahora, el turno es de la sociedad civil organizada, que tiene la obligación de completar y perfeccionar el trabajo de los funcionarios que avanzaron hasta este punto.

4. Aprobación de la PFN-2012, relevo de la ministra y participación ciudadana
Dijimos que cada uno de los Boletines de esta serie de análisis de la PFN-2012 se relacionaría con hechos prominentes de la realidad actual. Paradójicamente, esta primera entrega debe relacionarse con el relevo de la ministra Dra. Beatriz Londoño, la cabeza visible del proceso que culminó con la aprobación de esta política. Es decir, el contradictorio y desconcertante primer paso de la implementación de la PFN-2012, con el descabezamiento de su gestora.

Si nos guiamos por el discurso del Presidente, el gobierno define políticas, para cuyo cumplimiento, puede ser necesario buscar relevos refrescantes, que aseguren el cumplimiento de sus objetivos.
En caso de ser esa la razón, tiene cierta lógica cambiar una ministra con imagen pública desgastada, por alguien también ministeriable de hace tiempo (ver), buen comunicador (columnista reconocido, experto en debates públicos), que viene de la academia (decano en ejercicio de la facultad de economía de la Universidad de Los Andes) y está bien relacionado con el equipo económico del gobierno.
En esa perspectiva puede decirse que la ministra está pagando el precio de no haberse desmarcado suficientemente de los verdaderos responsables de la crisis que atraviesa la salud y no haber logrado que su equipo de comunicaciones y sus asesores hicieran más visibles sus logros en defensa de la salud pública.

En efecto, además de la aprobación de la PFN-2012, la Dra. Londoño, libró una difícil batalla por la regulación de precios de medicamentos. Primero como viceministra y después como ministra, impulsó la fijación de Valores Máximos de Recobro (VMR) para neutralizar los excesos de precios que agudizaron y precipitaron la catástrofe financiera de los recobros al FOSYGA. Se expidieron 7 Resoluciones (la última de ellas firmada al retirarse) que fijaron VMR prácticamente para el 98% de los productos más recobrados. Se reactivó la CNPM y revivió el régimen de control directo para los productos de mayor impacto. Se actualizó el POS y se unificaron los planes de beneficios contributivo y subsidiado. Revivió el Ministerio de Salud e impuso el diálogo como método de acción. En giros directos a los prestadores superó lo hecho por sus antecesores. En fín, la lista es larga, porque sin lugar a dudas, la Dra. Londoño trabajó con denuedo y puede decirse que el mejor testimonio de ello, está en el disgusto de algunas farmacéuticas (por los límites a sus abusos de posición dominante), algunas EPS (por los límites a sus malas prácticas de intermediación), la llamada clase política y otros protagonistas (por los límites a sus prácticas perversas, estructuralmente ligadas a la crisis de este sector).

Lamentablemente, pudo más el manejo de medios masivos que logró construir un imaginario injusto de un ministerio responsable de la crisis, al que paradójicamente se sumaron las exigencias de mejores resultados, por parte de los más afectados y las exigencias de medidas más drásticas, por parte de quienes solicitamos cambios más estructurales.

Al final del día, la Dra. Beatriz Londoño, entrega una PFN-2012 aprobada y varias tareas en curso, entre las cuales las más importantes son: La expedición del nuevo régimen de regulación de precios de medicamentos, el nuevo sistema de registro de medicamentos biotecnológicos, más ajustes al sistema de recobros y el flujo de recursos del sistema hacia los prestadores, etc., además de la presionada determinación de impulsar la Ley Estatutaria y las anunciadas reestructuraciones de la Supersalud, la CRES, el INVIMA, solo para mencionar lo más prominente.

En cuanto a la regulación de precios, puede decirse que la Dra. Londoño "quemó todos sus cartuchos" con los VMR, hecho que la FMC criticó por insuficiente para la magnitud del problema y por inútil para la defensa del gasto de bolsillo de los pacientes. En este tema, la ministra tuvo que enfrentarse al poder de las farmacéuticas que se beneficiaron del octenio de la desregulación y la crítica persistente de la sociedad civil, que tiene total claridad sobre el abuso que se sigue cometiendo con los precios de ciertos productos. El problema no está resuelto y será el primer criterio de evaluación del rol que viene a jugar el nuevo ministro.

El Decreto sobre registro de medicamentos biotecnológicos, está técnicamente definido hace un tiempo, pero no se expidió aún, por la cerrada oposición de actores de talla internacional, que se opusieron a la apertura de la competencia en este campo, con una multimillonaria campaña mediática que, mediante un discurso sesgado sobre la calidad de estos medicamentos, movilizó varias asociaciones de pacientes e incluso algunas organizaciones médicas. Pero, tampoco pudo reversarse, porque las farmacéuticas nacionales también hicieron su esfuerzo por evitarlo. En medio de esta tensión, las organizaciones de la sociedad civil que defendemos los intereses de la salud pública, apoyamos a la ministra Londoño, pero, obviamente, no fue suficiente.

Las definiciones en estos temas y otros igualmente urgentes, permitirán analizar con base en hechos concretos las implicaciones del cambio ministerial con que se inicia la implementación de la PFN-2012.

Identificación gráfica de esta la Serie PFN-2012:                                               Bogotá 2 de septiembre de 2012.


LuchaDesigual!

Como consecuencia de todo lo anterior, la FMC hace un llamado a las organizaciones de la sociedad civil, para que recordemos que la PFN de 2003 fue totalmente ignorada y - en su lugar- se implementó una política contraria a los intereses de la salud pública. Dicha política fue esencialmente desregulatoria. Desreguló precios de medicamentos, el sistema de información, los recobros y todo el sistema de salud. Nos condujo a la catástrofe financiera e informática que hoy padecemos, con el altísimo costo vidas humanas que todos conocemos.
Aunque es prácticamente imposible que eso vuelva a suceder (hoy tenemos organizaciones de pacientes, de profesionales de la salud, fundaciones, academia, centros de investigación, fuerzas sociales y políticas con gran experiencia en estos temas y en la defensa de derechos constitucionales) lo cierto es que la correlación de fuerzas es aún claramente desfavorable, tal como se grafica en la imagen que identificará los boletines de esta serie.
Dr. Sergio Isaza Villa, MD
Presidente
Federación Médica Colombiana
Dr. Sergio Robledo Riaga, MD
Presidente
Colegio Médico Cundinamarca Bogotá
Dr. Oscar Andia Salazar, MD
Vicepresidente PFN y Director
Observatorio del Medicamento - FMC

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