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FMC pide
participación en mesas de trabajo sobre nueva regulación de precios de medicamentos
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La
Federación Médica Colombiana considera funesto el
antecedente de ausencia de participación ciudadana en el
proceso de definición de la Circular 04 de 2006, que -en
la práctica- desreguló totalmente los precios de
medicamentos en Colombia. Ver Análisis
FMC 2006 |
La
FMC considera que estamos a punto de repetir la misma
historia: El Gobierno adelanta mesas de trabajo con las
agremiaciones de farmacéuticas y -al
igual que en 2006- no se preocupa mayormente por la
participación de la sociedad civil en este proceso. La
"consulta ciudadana" no es más que otra consulta a AFIDRO, la Cámara Farmacéutica de
la ANDI y ASINFAR. Excluye la academia, organizaciones de
pacientes y de profesionales de la salud, incluso aquellas
que como la FMC tienen estudios sobre este tema,
predijeron y documentaron la relación del octenio de la
desregulación con la catástrofe financiera del sistema
de salud. Por esa razón, la FMC llama a las
organizaciones de la sociedad civil a reclamar activamente
su participación y -para dar el primer paso- presentó la siguiente petición al Ministro del ramo: |
Bogotá, 03 de febrero de 2013
Doctor
ALEJANDRO GAVIRIA URIBE
Ministro de Salud y Protección Social
BOGOTA D.C.
Asunto: Participación en mesas de trabajo sobre nueva regulación de precios de medicamentos
Respetado Señor Ministro:
HECHOS:
1. La Estrategia N°1 del Plan de Implementación del Documento CONPES Social N° 155 de Política Farmacéutica Nacional formulado para los años 2012 – 2021 (Información confiable, oportuna y pública sobre acceso, precios, uso y calidad de medicamentos Orientada a resolver los problemas de transparencia y asimetría de información de precios, gasto, consumo, uso y calidad de medicamentos) establece una serie de actividades destinadas a poner a disposición del Gobierno, de las instituciones técnicas y normativas y de los usuarios, información oportuna y confiable para la toma de decisiones, a través de un único sistema de información.
2. La Federación Médica Colombiana en cumplimiento de las funciones asesoras que la Ley le otorga considera que su Observatorio del Medicamento OBSERVAMED cuenta con información importante acumulada en sus 10 años de existencia que debe aportar a este proceso
Constitución Política de Colombia:
ART. 2º—Son fines esenciales del Estado: ....
facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan ...”
ART. 49.— ... Los servicios de salud se organizarán en forma descentralizada, por niveles de atención y
con participación de la comunidad.
De las formas de participación democrática
ART. 103.— El Estado contribuirá a la organización, promoción y capacitación de las asociaciones profesionales, cívicas, sindicales, comunitarias, juveniles, benéficas o de utilidad común no gubernamentales, sin detrimento de su autonomía con el objeto de que
constituyan mecanismos democráticos de representación en las diferentes instancias de participación, concertación, control y vigilancia de la gestión pública que se establezcan.
Ley 23 de 1981
ARTÍCULO 62. – Reconócese a la Federación Colombiana como institución asesora y consultiva del Gobierno
Nacional.
Ley 100 de 1993:
Art. 2: Principios: El servicio público esencial de la seguridad social se prestará con sujeción a los principios de eficiencia, universalidad, solidaridad, integralidad, unidad y
PARTICIPACIÓN.
(..)
f. Participación. Es la intervención de la comunidad a través de los beneficiarios de la seguridad social en la organización, control, gestión y fiscalización de las instituciones y del sistema en su conjunto.”
Decreto 1757 de 1994:
Art. 9. Garantías a la participación. Las instituciones del sistema general de seguridad social en salud, garantizarán la participación ciudadana, comunitaria y social en todos los ámbitos que corresponda..”
PETICION:
Por lo tanto, la Federación Médica Colombiana, en ejercicio de sus derechos y funciones legales solicita a su despacho, la INCLUSIÓN DE LA FEDERACION MEDICA COLOMBIANA, el Observatorio del Medicamento OBSERVAMED y los expertos que la FMC considere pertinente, en las mesas de trabajo y demás actividades que adelante el ministerio que dirige, en cumplimiento de las actividades atinentes a Política Farmacéutica Nacional.
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Objeto de la petición
La Federación Médica Colombiana, en cumplimiento de las funciones que la Ley le asigna, investiga, documenta y difunde información sobre temas de alto impacto para la salud pública. Por lo tanto, solicita dicha participación para cumplir adecuadamente con esa función.
Notificaciones
Recibiremos contestación en la Carrera 7 No. 82-66. Oficinas 218 y 219, teléfono 8050073 de Bogotá DC.
Atentamente,
Dr. Sergio Isaza Villa
C.C. N°
Presidente
Federación Médica Colombiana
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