Se trata en particular de un fenómeno de “doble exclusión”[5]
ligado a la globalización de la protección de propiedad
intelectual y que se reproduce claramente para el caso de la
regulación de biotecnológicos.
El
fenómeno de la “doble exclusión” consiste en mantener a los
países en vía de desarrollo, y a sus habitantes más
vulnerables, por fuera del juego contemporáneo de la ciencia, la
tecnología y la innovación terapéutica. La primera exclusión
se da porque los países de recursos escasos no pueden acceder a
la tecnología de punta por sus altos costos, y por lo tanto se
van quedando atrás en la carrera industrial farmacéutica
moderna, además de hacerse cada vez más dependientes de la
provisión de bienes innovadores por parte de los propietarios de
tecnología. La segunda exclusión se da de nuevo por los altos
costos, pero esta vez de los bienes producidos gracias a dicha
tecnología. Esta segunda exclusión no solo impide que algunos
individuos desprotegidos y de escasos recursos accedan a
tratamientos innovadores, sino que también pone en riesgo la
sostenibilidad de los sistemas de seguridad social que tendrían
que costear los altos precios de dichos tratamientos.
Para
el caso de los medicamentos biotecnológicos en particular dicha
“doble exclusión” consistiría en: por un lado, la
imposibilidad de acceder a la sofisticada tecnología que se
requiere para producirlos, debido a la escasa transferencia de
tecnología dura[6]
que se da por parte de la industria farmacéutica innovadora, y a
las barreras de acceso a la misma impuestas por las limitaciones a
la copia, bien sea por la protección de patentes, o por los
requisitos de registro demasiado exigentes; y por el otro lado, el
difícil acceso a productos biotecnológicos para los más pobres,
pero además, el serio riego que dichos productos están
implicando para la sostenibilidad del sistema de seguridad social,
que se demuestran en las millonarias cifras de recobros al Fosyga
por cuenta de estos productos.
En
conclusión, si bien el INVIMA es una agencia de regulación cuya
competencia no es, ni la política industrial, ni la política de
provisión de salud básica universal, y al parecer la regulación
de registro de productos farmacéuticos biotecnológicos es una
cuestión de seguridad y eficacia de medicamentos, lo cierto es
que este asunto es mucho más complejo, que toca muchos otros
frentes (o al menos otros dos muy importantes) y que su regulación
no puede limitarse a discusiones sobre aspectos técnicos del
registro sanitario únicamente, sino que tiene que contemplar sus
efectos sobre el desarrollo tecnológico y el acceso a la salud
para todos los colombianos.
Favor enviar
sus sugerencias y comentarios a andia@observamed.org
Tatiana Samay Andia Rey
Observatorio del Medicamento de la Federación Médica Colombiana
Aspectos de los derechos de propiedad intelectual relacionados con
el comercio
Nos
referimos
a la que normalmente se conoce como la “industria farmacéutica
multinacional”, pero teniendo en cuenta que dicha industria es
en realidad transnacional (es decir, que ha fragmentado y
localizado su proceso de producción en distintos países), y que
algunas industrias de genéricos se han convertido en
multinacionales, (el término ya no es claro).
No
daremos aquí la discusión sobre el nivel inventivo de dichas
innovaciones, que es discutible en muchos de los llamados
“productos farmacéuticos innovadores”.
Sell, S.
K. (2003). “Private power, public law: the globalization of
intellectual property rights”, Cambridge, Cambridge University
Press.
Adaptado de Andia, T. S. (2008). “Only connect: A case study on
Colombia’s International Propety Rights (IPRS’s) Movements”,
Working Paper.
Con
tecnología dura nos referimos a la transferencia de tecnología
que vaya más allá de las últimas fases del proceso de innovación
farmacéutica, es decir, más allá de la realización de una
parte de los análisis clínicos.
Fecha:
Wed, 10 Dec 2008 07:37:26
De: "Carlos
Roberto Támara Gómez" <carlos.tamarago@gmail.com>
Asunto: Debate biotecnología
Apreciados señores. Recientemente sembré maíz en una zona indígena
zenú. Supuestamente era una semilla criolla avalada por ellos.
Fue un fracaso. La razón: la tal semilla debió estar casada con
híbridos y las mazorcas, además de pequeñas, salieron
"chislitas" como se dice de aquellas de sacan una fila
de granos, pero no la otra. Entonces, ya desde los híbridos, ¡imaginénse
los transgénicos!, ya se lesiona el patrimonio de estas
comunidades. Un semen se confunde con el otro, sin ninguna
seguridad: las abejas no saben de híbridos ni de transgénicos
cuando polinizan: se les convierte en enemigos del hombre sin su
consentimiento. Hay gente que odia a los indígenas y sus
comunidades, pues son el último bastón de la resistencia de la
imposición de sus fines de dominio del mundo. Esta parte de pérdida
de vigor híbrido de las especies reservadas como criollas por las
comunidades nativas no puede ser objeto de defensa territiorial
alguna. Además debe devolvérseles más bien sus semillas y
donarles programas para su continuidad en tanto que reserva contra
la ceguera biotecnológica que juega a ser Dios en inmediaciones
de un Cambio Climático que quién sabe qué horrores traerá y
podrá a prueba la tal transgenia. Tratar de decir que serán
defendido ese patrimonio, tal como está el debate, es una mentira
del tamaño de una catedral gótica, con arabescos y todo.
Por favor, vinculen este tema al debate. Dénle entrada a las
sabidurías ancestrales, dejen que participen los indígenas. La
Minga en Bogotá, reciente muestra que estos indígenas ya se
pusieron los pantalones largos y saben de qué se trata el fondo
del asunto.
Gracias.
Carlos Roberto Támara Gómez
Fecha:
Fri, 12 Dec 2008 10:26:47 -0500
De: Alberto
Angel <gerencia@solmedical.com>
Asunto: Regulación de medicamentos biotecnológicos; mucho
más que un asunto de registros sanitarios
Mi Comentario
Con mi precario conocimiento de biología y similares me atrevo a
decir que los únicos producto originales son los que se producen
en el organismo todos los otros son biosimilares.
Ya que algunos tengan conocidos apellidos de cuna y mas chequera.
Los hace mas atractivos para que nuestros notables científicos
de la comisión revisora los protejan.
Finalmente a quien le interesa que el costo de los tratamientos
baje o que si un biosimilar sea efectivo por que el método de
fabricación es similar, lo que marca la diferencia si los
conejillos de indias (pacientes) que requiere la CR son Europeos,
Americanos o de los países de referencia y el resto que. No
podemos valorar nosotros mismos si son costo efectivos estos
tratamientos por falta de apellido.
Cordial saludo
Alberto Angel
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